La Sanidad de Murcia, obligada a pagar 78.000 euros por la muerte de un hombre que esperó casi dos horas a la ambulancia

  • El TSJRM condena al Servicio Murciano de Salud a indemnizar a los dos hijos de un hombre que murió por el retraso de la ambulancia

  • Los familiares del afectado esperaron durante casi dos horas a la ambulancia: llamaron varias veces para quejarse de la demora

  • El vehículo sanitario llegó cuando el hombre se encontraba en parada cardiorrespiratoria: murió en el hospital de Cartagena

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha estimado la demanda de dos hijos de un paciente fallecido, por lo que ha condenado al Servicio Murciano de Salud (SMS) a indemnizarlos con 78.000 euros porque la muerte fue consecuencia de un retraso inexcusable en la asistencia de Urgencias.

Desde las doce y media del 21 de septiembre de 2020, dice la sentencia, los familiares del enfermo, que tenía múltiples patologías de base, solicitaron, desde la localidad murciana de Mazarrón, asistencia urgente al 112 por encontrarse mal y con dificultad respiratoria. Una hora después, se repitió la llamada y se quejaron por la demora, lo que se repitió poco más tarde, mientras su estado empeoraba y la ambulancia no llegaba, por lo que telefonearon al Centro de Salud de Mazarrón, pero les informaron de que debían esperar.

El hombre llegó vivo al hospital de Cartagena, pero los sanitarios no pudieron evitar su muerte

Tras otras llamadas, y cuando habían pasado casi dos horas desde la primera, llegó finalmente la ambulancia, cuando el paciente se encontraba ya en parada cardiorrespiratoria, y aunque llegó vivo al hospital de Cartagena, no se pudo evitar su muerte.

La familia acudió a la Asociación El Defensor del Paciente, que derivó el caso al letrado Ignacio Martínez, quien presentó la demanda contra el Servicio Murciano de Salud, y durante la tramitación de la misma, este reconoció su responsabilidad por la excesiva demora en la llegada de la ambulancia. Aun así, el procedimiento siguió su curso hasta la sentencia, que a la indemnización reconocida por el SMS de 73.925 euros añade los intereses legales desde que se interpuso la reclamación patrimonial, en diciembre de 2020.

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