El Tribunal Supremo ha revocado un desahucio por impago a una inquilina que devolvió una factura de agua porque su importe superaba 20 veces el consumo habitual. Los magistrados consideran probado que la mujer envío un burofax a la propiedad, un grupo inmobiliario, que demuestra su intención de pagar, pero este no le facilitó una cuenta donde poder ingresar el pago pendiente.
En una sentencia fechada el pasado 20 de noviembre a la que ha tenido acceso EFE, la sala de lo civil ha estimado el recurso presentado contra un fallo de 2022 de la Audiencia Provincial de Madrid.
El alto tribunal ha anulado el desahucio por falta de pago de una inquilina que devolvió el recibo de una mensualidad a la empresa arrendadora de la vivienda por incluir en la misma un gasto de agua de casi 600 euros, cuando pagaba poco más de 22 euros, habitualmente por ese concepto.
El Supremo considera probado que la inquilina tenía intención de abonar la factura pendiente y pidió al dueño del inmueble, Comerzia, que le especificara cuál había sido el consumo real de agua, dado que la factura, de cerca de 600 euros, no lo detallaba.
El Supremo subraya que la inquilina no se negó a pagar en ningún momento, sino que, a través de varios burofax, informó a Comerzia de su intención de saldar la deuda.
El tribunal considera acreditado que la inquilina tenía intención de pagar y que solicitó sin éxito a la propietaria que le facilitara una cuenta para ingresar el dinero.
Un juzgado de Madrid, en primera instancia consideró que la empresa aprovechó un registro de consumo desorbitado para provocar una situación de incumplimiento contractual y proceder al desahucio. La empresa recurrió la sentencia y la Audiencia Provincial de Madrid declaró la resolución del contrato, condenando a la inquilina a dejar la vivienda.
El Supremo, sin embargo, corrige la sentencia de la Audiencia Nacional y da la razón a la inquilina al rechazar que se haya producido un impago, y señala el "elevado importe girado en el recibo de renta de mayo de 2021 (562,13 euros de agua), para un periodo de 62 días, que no coincidía con los habitualmente repercutidos (26,87 euros en la renta de julio de 2021)", siendo su importe "manifiestamente desproporcionado".
Además, la mujer no recibió en ningún momento los datos de la cuenta en la que debía pagar el recibo pendiente, pese a sus reiteradas peticiones.
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