Un juez de Mallorca ha permitido a un hombre, condenado firmemente por un delito de maltrato en el ámbito familiar, cobrar la pensión de viudedad de su esposa, a la que quedó probado que maltrató, tras su muerte por una larga enfermedad.
La mujer presentó una denuncia contra su marido en el año 2016, asegurando que la maltrataba. Meses más tarde, el juez le dio la razón a la mujer y declaró al hombre culpable de un delito de violencia de género, con una condena que fue declarada firme, como recoge El Diario de Mallorca.
El hombre cumplió su condena, pero después volvió con la mujer. Ambos volvieron a vivir juntos hasta el año 2021, cundo la mujer muere tras una grave enfermedad.
Como la pareja no tuvo hijos, el marido era el único heredero universal de los bienes de la difunta, como la propia mujer había dejado escrito en su testamento.
Tras su muerte, el hombre reclamó la pensión de viudedad que creía que le correspondía. En un primer momento, la Seguridad Social rechazó la concesión de esa pensión debido a los antecedentes penales del hombre, condenado por maltrato a la mujer fallecida, basándose en un artículo sobre las medidas de protección integral contra la violencia de género.
Sin embargo, esta normativa incluye una excepción: la reconciliación de la pareja después de producirse los hechos por los que se dictó la sentencia. Ante ello, el marido acudió a los tribunales para que se reconociese su derecho a recibir una pensión económica y finalmente un juez le ha dado la razón.
El tribunal considera que la pareja se mantuvo unida hasta el momento de la muerte de la mujer, pese a la condena. Así lo demuestran las pólizas de seguros en común o la propia declaración tributaria. Además, en ningún momento llegaron a iniciar los trámites de separación, por lo que el juez ve probado que la pareja continuó junta hasta la muerte de la mujer.
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