El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha inadmitido la demanda de las familias de Virginia Guerrero y Manuela Torres, las niñas de Aguilar de Campoo desaparecidas hace más de tres décadas en Reinosa, presentada después de que el Constitucional rechazara hace un año reabrir la causa. De este modo, se mantiene el archivo de la causa acordada por la Justicia española, y solo se podría reabrir si apareciera algún indicio que diera pie a retomar la investigación o iniciar nuevas pesquisas.
Lo han informado así el sábado a Europa Press representantes legales de los familiares de las desaparecidas, a los que el TEDH ha comunicado que su demanda era inadmitida. "Nosotros vamos a seguir trabajando en buscar todos los resquicios que podamos. Seguimos hacia delante", ha manifestado a esta agencia uno los portavoces de los allegados a las desaparecidas, que ha recordado que en España este tipo de casos nunca prescribe, por lo que se puede reabrir la investigación en cualquier momento.
La demanda en Estrasburgo fue interpuesta a principios de este año tras la negativa del Constitucional de admitir a trámite el recurso presentado por las familias en octubre de 2022 para reabrir la causa, que fue resuelto doce meses después.
DESAPARECIDAS EN 1992 EN REINOSA
A Virgina Guerrero y Manuela Torres se les perdió la pista el 23 de abril de 1992, cuando tenían 14 y 13 años y regresaban de una fiesta en Reinosa, donde fueron vistas en una discoteca, en el Parque Cupido, y luego a la altura de una fábrica de galletas donde hacían autostop. Según testigos presenciales, ambas subieron a un vehículo SEAT 127 color blanco o claro, y esa fue la última noticia que se tuvo de ellas.
La investigación se reabrió en verano de 2021, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cervera de Pisuerga a raíz de la denuncia de una mujer en el programa de televisión 'Viva la vida' de Telecinco, pero tras diferentes pesquisas la causa se volvió a cerrar meses después.
La Audiencia Provincial de Palencia confirmó el archivo y los abogados de las familias de las niñas presentaron recurso de amparo ante el Constitucional, al entender que el auto que ratificaba el sobreseimiento provisional de la causa vulneraba derechos fundamentales -la tutela judicial efectiva-, al igual que resoluciones previas del Juzgado de Instrucción.
También pedían al máximo órgano encargado de interpretar la Constitución Española en nuestro país que tuviera en cuenta la problemática con las personas desparecidas y la "laguna" de jurisprudencia que hay en la materia.
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