Prorrogado tres meses el internamiento del menor detenido por la muerte de su madre en Castro Urdiales, Cantabria
El menor de los hermanos, de 13 años --inimputable por tener menos de 14-- ingresó en un centro de protección de menores, por indicación de la fiscal
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El Juzgado de Menores de Santander ha acordado prorrogar durante tres meses más el internamiento del chico detenido junto a su hermano por la muerte de la madre de ambos, el pasado mes de febrero en la localidad cántabra de Castro Urdiales.
La medida cautelar se decretó sobre el mayor de los dos -de 15 años entonces- por un periodo inicial de seis meses, prorrogables otros tres más, como ha decidido ahora el titular de ese órgano judicial, han informado a Europa Press fuentes jurídicas, que han indicado que el procedimiento continúa instruyéndose.
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El menor de los hermanos, de 13 años --inimputable por tener menos de 14-- ingresó en un centro de protección de menores, por indicación de la fiscal.
Los dos menores simularon un secuestro
Los hechos ocurrieron en la tarde noche del 7 de febrero, cuando apareció el cuerpo sin vida de una mujer con signos de violencia, amordazada y en el interior de su coche, en el garaje de la vivienda familiar -en la calle Monte Cerredo de Castro Urdiales- mientras sus dos hijos menores de edad se encontraban en paradero desconocido.
Ambos fueron hallados de madrugada en el parque Cotolino de la localidad y detenidos como sospechosos de la muerte de la mujer, de 48 años, vecina del municipio cántabro y que trabajaba como celadora en el Hospital de Cruces, en Baracaldo (Vizcaya).
Según la investigación, el suceso se produjo tras una riña familiar y los dos menores, adoptados y procedentes de Europa del Este, mataron a su madre asestándole varias puñaladas. Después trataron de simular un secuestro como coartada, para lo que llamaron a su abuela.
La víctima fue hallada en el suelo del asiento trasero de su coche amordazada y con varias bolsas de basura cubriendo parcialmente el cuerpo. Presentaba varias heridas por arma blanca, incluidas en el cuello.
El padre estaba fuera de Cantabria por motivos laborales, por lo que desde el primer momento se descartó un delito de violencia de género. No constaban denuncias interpuestas por ningún miembro de la familia.
Internamiento en régimen cerrado
El internamiento en régimen cerrado para el mayor de los dos hermanos fue acordado por la titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander, en funciones de guardia cuando se produjeron los arrestos.
Atendiendo a la solicitud de la Fiscalía de Menores de Cantabria, la magistrada adoptó esa decisión provisional, durante seis meses y prorrogable por otros tres más, por la presunta comisión por parte del menor investigado, de 15 años entonces, de un delito de asesinato.
El menor fue internado en el Centro Socio-Educativo Juvenil de Parayas, después de ser detenido la madrugada de los hechos y pasar al mediodía siguiente a disposición de la Fiscalía de Menores, donde fue explorado por el equipo técnico adscrito al Juzgado de Menores, que emitió un informe.
Después, la ministerio público le tomó declaración y a continuación solicitó al Juzgado la adopción de una medida cautelar de internamiento, por estimar que existían indicios de que es autor de un delito de asesinato.
Recibida esa petición, el Juzgado de Guardia de Santander, que fuera del horario de audiencia asume las funciones del Juzgado de Menores, celebró una comparecencia, con presencia del chico.
En ella, el equipo técnico informó sobre su situación y la Fiscalía interesó la adopción de la citada medida cautelar, con la que todas las partes personadas mostraron su acuerdo.
Su hermano, de 13 años -que también estaría involucrado en los hechos pero que es inimputable al tener menos de catorce- ingresó en un centro de protección de menores, por indicación de la fiscal.
Tratamiento judicial de los menores
La jurisdicción de menores se encuentra regulada por la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, que en el año 2000 creó los Juzgados de Menores.
Según la misma, la instrucción de la causa -práctica de todas las diligencias que se estimen oportunas para esclarecer los hechos- corresponde a la Fiscalía de Menores.
El Juez de Menores, por su parte, se erige en un juez de garantías que solo interviene cuando se propone adoptar alguna medida o practicar alguna diligencia que suponga una limitación de derechos.
Finalizada la instrucción por parte de la Fiscalía, si ha lugar al enjuiciamiento, corresponde también al juez de Menores.
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