La Audiencia de Almería ha condenado a seis años de prisión a un hombre que descargó a través de Internet más de 700 archivos pedófilos, que luego compartía con otros usuarios, en los que aparecían menores de 16 años siendo objeto de conductas sexuales "violentas y denigrantes".
La sentencia señala que gracias a una operación de la Policía Nacional contra la distribución y tenencia de material pornográfico infantil, se logró identificar a usuarios que utilizaban la red BitTorrent para compartir este tipo de archivos.
En concreto, el 5 de junio de 2019 dieron con un hombre que distribuía desde Almería un "contenido sexual explícito" a través de sus equipos informáticos, y cuya dirección IP aparecía asignada a su hermana en la información ofrecida por su operadora.
El acusado residía precisamente con dicha familiar, en cuya vivienda se practicó un registró dos años más tarde, el 9 de agosto de 2021, en el que fueron intervenidos dos discos duros, y además el procesado entregó un ordenador portátil y una unidad de almacenamiento USB que tenía en su domicilio de verano.
En el disco duro del portátil, nuevamente en una carpeta del programa eMule, se localizaron 696 archivos de imagen y vídeo de contenido pornográfico infantil. Una vez realizado el volcado de este dispositivo, se encontró un vídeo de una menor de 12 años, encadenada de pies y manos, que es agredida sexualmente en varias ocasiones, y otro de una menor de 10 años, desnuda, en posición de cubito prono, inmovilizada y golpeada.
Por último, en la unidad USB se hallaron hasta 11 vídeos de carácter pedófilo.
El fallo resalta que el acusado hacía uso de las redes de intercambio de ficheros por Internet conocidas con el anglicismo de "Peer to Peer" o con sus siglas 'P2P' de la red eMule, y que para satisfacer su "ánimo libidinoso" descargaba dicho material y lo mantenía a disposición del resto de usuarios en carpetas compartidas para obtener más rapidez en la descarga.
Añade que era "en todo caso consciente tanto del funcionamiento de las redes de intercambio y distribución empleadas", así como del material pornográfico que facilitaba a terceros y que representaba a menores de 16 años objeto de conductas sexuales "violentas y denigrantes".
Por estos hechos ha sido condenado por un delito de distribución de material pornográfico infantil, agravado por utilizar a menores de 16 años que fueron sometidos a violencia sexual, a la pena de seis años de cárcel, a la vez que se le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad durante doce años, y la medida de libertad vigilada durante seis años.
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