Asisa es condenada por aplazar la operación de un paciente que finalmente murió
Se anuló la cirugía por una cuestión administrativa cuando ya estaba en el quirófano
Asisa ha sido condenada a indemnizar con 308.742 euros a los familiares del paciente
Indemnización de 46.000 euros por retrasar la atención médica a un paciente que murió en Valencia
La Audiencia de Madrid ha confirmado la sentencia que condenó a la entidad aseguradora de salud ASISA a indemnizar en 308.742 euros a los familiares de un paciente que murió tras aplazarse una cirugía cardíaca a la que iba a ser sometido por una cuestión administrativa cuando ya estaba en el quirófano.
La sentencia de la Audiencia desestima el recurso de ASISA contra la dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 87 de Madrid, que estimó la demanda presentada por la abogada de la asociación El Defensor del Paciente Luisa Blanco Delgado en representación de los familiares del fallecido, su esposa, sus dos hijos, su madre y su hermana.
Hospital Quirón de Valencia
Según recuerda dicha asociación, el paciente, que tenía 61 años, padecía una patología cardíaca por la que fue programado en el hospital Quirón de Valencia para una intervención quirúrgica el 30 de junio de 2016.
Cuando el paciente estaba en el quirófano los cardiólogos se dieron cuenta de que en lugar del dispositivo prescrito, TCR (tratamiento de resincronización cardíaca) había que colocarle un TCR-DAI (dispositivo de resincronización asociado a un desfibrilador).
Como no obtuvieron la autorización administrativa de ASISA para este nuevo dispositivo procedieron a dar de alta al paciente, que se fue a su domicilio sin que se le hiciera prueba alguna que constara su estado y programándose de nuevo la intervención quirúrgica para el 18 de julio.
Sin embargo el paciente falleció en su domicilio cuatro días después del alta hospitalaria.
Grave 'mala praxis' de los facultativos
Los magistrados aprecian una grave 'mala praxis' de los facultativos que realizaban la intervención porque pospusieron la implantación del aparato realmente necesario allí disponible hasta obtener una autorización administrativa por parámetros de costo no conocidos que podían haberse reclamado posteriormente por ASISA por otras vías que no pasaban por poner en riesgo la vida del paciente.
Y añaden que aceptaron el aplazamiento a sabiendas de la gravedad del paciente y de la disponibilidad del aparato.
Para su sentencia los magistrados han tenido en cuenta la subordinación de la intervención quirúrgica a la espera de una simple autorización de ASISA para disponer de un aparato, cuyo mayor coste respecto al inicialmente previsto no se ha determinado, y la ausencia del conocimiento del tiempo del que realmente se disponía para exigir una espera al paciente que no supusiera su muerte súbita.
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