Un soldado de la Unidad Militar de Emergencias (UME) tendrá que permanecer en arresto durante 20 días, después de dictaminarlo el Tribunal Supremo. Esta sanción tendrá recluido al militar en establecimiento disciplinario por participar y organizar fiestas con mujeres y alcohol en unas instalaciones cedidas por el Consell de Ibiza de la UME en virtud de un convenio con el Ministerio de Defensa.
Las fiestas se produjeron en Ibiza en el verano de 2020, cuando el soldado se encontraba en una misión de apoyo en Baleares para luchar contra los incendios. La celebración tuvo lugar en el mismo edificio donde dormía con otros compañeros. También participaron otro soldado y un cabo, el cual fue condenado por el Tribunal Militar Central a 20 y 25 días de arresto, según medios como 'Confilegal'.
El soldado de la UME fue sancionado en primera instancia por su superior, quien consideró que cometió faltas graves al "agredir, promover o participar en riñas o altercados con compañeros que pueden deteriorar la convivencia en la unidad o en alteraciones del buen orden en el curso de actividades militares o en instalaciones militares".
El soldado arrestado ahora, junto al otro soldado y el cabo, estaban en el mismo edificio para facilitar su intervención en los incendios forestales, así como el transporte de vehículos asignados a otras islas. Se les requería tener una disponibilidad total y poder incorporarse al servicio en un tiempo menos a una hora. Pero aprovecharon su estancia para invitar a las mujeres sin autorización, beber alcohol y montar fiestas hasta la madrugada.
Los vecinos se quejaron de la música y un vigilante de seguridad observó cómo un soldado presuntamente orinó en la entrada del edificio. Tras la condena, el Tribunal Militar Central condenó al soldado y a sus otros dos compañeros el 29 de noviembre de 2022. Los soldados, no conformes, recurrieron la sentencia ante el Tribunal Supremo al considerar que se había vulnerado el derecho a la defensa y su inocencia.
Las pruebas recopiladas cuestionaban la versión de la defensa. El Alto Tribunal determinó que "la convicción de que los hechos han sucedido en la forma relatada se desprende, de un lado, del propio expediente disciplinario" y, también, por los testigos civiles. Por ello, se consideró que había indicios suficientes para condenarle.