La obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil para perros marcada por la nueva Ley de Bienestar Animal ha generado mucha "confusión" entre la ciudadanía, según ha alertado la Organización de Consumidores y Usuario (OCU). La "falta de claridad" se produce poco antes de que entre en vigor la norma, que no será aplicable hasta que se desarrolle el Reglamento.
Es decir, por ahora no será obligatorio contratar un seguro por la tenencia de perros (excepto aquellos que tengan perros de razas catalogadas como potencialmente peligrosa y los residentes de la Comunidad de Madrid y el País Vasco). Quedará en el aire hasta que se forme Gobierno, ya que la interinidad no permite aprobobar el citado Reglamento de la ley. Desde la OCU instan a que se concrete cuanto antes el desarrollo de la norma.
La Ley de Bienestar Animal obligará a todos aquellos que tengan perro en nuestro país a contar con un seguro específico para la mascota, una medida que deja en el aire la cobertura que, para los daños que pueda causar el animal, ofrecía el seguro de responsabilidad civil privada habitualmente incluido en la póliza del hogar. Desde que el seguro pasa a ser obligatorio, "las aseguradoras de responsabilidad civil privada podrían interpretar que queda anulada su cobertura".
Un riesgo para el dueño en caso de que se produzcan daños a otras personas, animales u objetos, ya que podría ser él o ella quien asuma parte o todo el coste de la responsabilidad civil. La víctima también podría acarrear con los gastos en caso de que el dueño no sea solvente. La falta de un Reglamento que defina el alcance de la nueva ley es la principal causa de la confusión generada.
La OCU insta a todos aquellos dueños que no tengan ya contratado un seguro obligatorio a contactar, como medida de prevención, con su aseguradora del hogar o de responsabilidad civil con el fin de verificar que su mascota está cubierta con la nueva ley. Debe pedirse un suplemento para que conste la cobertura y que además se adapte al requisito de la nueva norma, que amplía la cobertura a cualquier persona que se haga cargo del animal. Algunas compañías, según la OCU, lo están haciendo sin cobrar por ello. Si la aseguradora no lo hace, aconsejan cambiar de seguro el siguiente vencimiento.
Lo más prudente es optar, bien por pagar ese suplemento (si ofrecen esta opción), bien por contratar una póliza específica por el capital más alto posible. En este último caso, dice la OCU, "y por dar un rango de precios orientativo", para un capital de 300.000 euros en responsabilidad civil, la prima anual oscilaría entre 50 y 90 euros, con una franquicia que va de 150 a 300 euros.
La OCU exige que se concrete el Reglamento "lo antes posible", al tiempo que considera crucial que se iguale el capital de responsabilidad civil de un perro al del seguro de un automóvil, también en la norma para razas potencialmente peligrosas, donde el mínimo solo llega a 120.000 euros en la norma estatal. "Porque, aunque la probabilidad de un accidente grave sea menor que con un coche o una moto, las consecuencias pueden ser las mismas", han precisado.