El próximo viernes 29 de septiembre entra en vigor la nueva Ley de Protección Animal aprobada por el Gobierno. La norma ha despertado diversas polémicas, rumores falsos y un sinfín de comentarios sobre las principales novedades, que afectan a los 29 millones de dueños de animales de compañía que se calcula que existen en España.
Los dueños de perros, casi 8,5 millones de personas, son los que más debate plantean porque muchas de estas novedades les afectan. Veamos algunas de las principales.
Afecta a todos los dueños de perros, de cualquier peso o raza. Se trata de un seguro de responsabilidad civil para cubrir posibles daños que el animal pueda causar a terceros o incluso al dueño del can. Es muy probable que el seguro de hogar ya incluya este aspecto, pero hay que llamar a la compañía y dar los datos del perro. Si no tienen seguro de hogar, contratarlo será asequible, unos 30 euros por animal al año.
Pero este seguro no será obligatorio todavía. Habrá que esperar a la aprobación de un reglamento por parte del Gobierno. Ya está incluso escrito pero no puede darle el visto bueno un Gobierno en funciones. Cuando sea obligatorio, saltarse este requisito puede suponer una multa leve, entre 500 y 10.000 euros.
Todos los dueños de perros, tanto los antiguos propietarios como los nuevos. Será muy fácil, gratuito y podrá hacerse online, aunque quien no tenga acceso a internet también tendrá oportunidad de hacerlo de forma presencial en el veterinario. Habrá un plazo de dos años para realizarlo. El curso también depende del reglamento que debe aprobarse en un futuro inmediato. Cuando sea obligatorio, y a partir de los dos años de su entrada en vigor, saltarse este requisito puede suponer una multa leve, entre 500 y 10.000 euros. Pretende dar una formación muy básica sobre lo que supone la tenencia de perros.
Un día los perros y tres días los gatos. Solos quiere decir sin supervisión. Esto supone que en caso de tener que viajar, si uno deja a una persona encargada de supervisar, alimentar o sacar a la calle a estos animales, no habría problema.
Las de impulsos eléctricos y las de ahogo están prohibidas desde el próximo 29 de septiembre y utilizarlas puede suponer una sanción entre 500 y 10.000 euros.
Sobre este tema se han difundido bulos completamente falsos en redes sociales. La lista positiva de animales de compañía, que habrá de elaborarse en el futuro, excluirá a los animales peligrosos, venenosos, a las especies protegidos o a las invasoras. Por ejemplo, los cerdos vietnamitas, que ya estaban prohibidos como animales de compañía. Muchos que los adquirieron en el pasado, por desconocimiento y viendo su peso y las dificultades de tener en casa un animal así, terminaron abandonándolos en la naturaleza y se han reproducido de forma peligrosa en muchas zonas.
En este caso, tampoco significa que los dueños de algunas de estas especies tengan que devolver automáticamente a sus animales. Pero sí tendrán que notificar su tenencia y responsabilizarse de ellos sin que puedan reproducirlos. Sí tendrán que entregar a los animales que supongan un peligro real y no sean aptos para mantener en el domicilio.
Pero el director general de derechos Animales del ministerio de Derechos Sociales, Sergio Torres, aclara que "cobayas, hámsteres, agapornis, periquitos y conejos se podrán por supuesto seguir teniendo en nuestras casas".
Sí, pero para ello los dueños de perros o gatos tendrán que darse de alta en el Registro de Criadores, aunque sea de manera puntual, con el fin de controlar el número de animales que existen. Un requisito que se hará de forma online.
Hay algunos comportamientos muy habituales hasta ahora que serán sancionados, por el peligro que han supuesto en el pasado para los perros. Por ejemplo, dejarlos atados en la calle ante comercios o supermercados mientras el dueño hace la compra. Ha habido casos de perros deshidratados debido al largo tiempo de espera al sol o de robos de mascotas. Ahora, el dueño puede ser apercibido y si reincide ser sancionado con multas de 500 a 10.000 euros.
Lo mismo ocurre con la peligrosa práctica de dejar a estos animales en coches encerrados. Tras casos dramáticos de perros que han muerto debido al calor intenso, esto también ha sido prohibido. La ley también impide dejar a los animales permanentemente viviendo en las terrazas, sótanos o azoteas de las casas y tampoco se permite que estén de forma continua encadenados.
El abandono de animales también está perseguido con una multa muy grave entre los 50.000 y los 200.000 euros. Según la portavoz de la Asociación de Animales y Plantas de Madrid (SPAP), Arancha Sanz, se abandonan cada año en España 300.000 animales, cada dos minutos se abandona a un animal en nuestro país y esto es una barbaridad".