El Gobierno vasco impulsa un plan de ayudas con 5.700 euros anuales para los huérfanos de la violencia machista

El País Vasco da un paso adelante en la ayuda a los hijos huérfanos por violencia machista: a partir de ahora recibirán una ayuda de más 5.700 euros anuales para su sustento económico hasta cumplir los 18 años. El objetivo, recalcan, es "contribuir a la reparación del daño" y reforzar su "apoyo y asistencia" debido a su "especial vulnerabilidad".

De este modo, todo joven vasco que haya perdido a su madre en manos de la violencia machista podría percibir esta ayuda económica anual, tal como ha aprobado el Gobierno vasco, que recalca que estos huérfanos son víctimas directas. Además, esta ayuda podrían percibirla a partir de la mayoría de edad o hasta los 25 años en caso de dependencia o discapacidad.

La consejera de Igualdad, Justicia y políticas Sociales, Nerea Melgosa, ha aprobado, con carácter previo, el proyecto de decreto por el que se regulan estas ayudas, que incluye la posibilidad de que unos 40 hijos de las 53 mujeres asesinadas desde 2003 perciban una ayuda única de 10.000 euros.

El texto entraba el lunes en fase de audiencia pública y, tras la presentación de "alegaciones y mejoras", culminará en unos meses "con su definitiva aprobación por el Consejo de Gobierno", según ha señalado la viceconsejera de Políticas Sociales, Lide Amilibia.

Las ayudas para los huérfanos de la violencia machista en el País Vasco

El decreto, impulsado por la Dirección de Servicios Sociales del Gobierno Vasco, incluye como personas beneficiarias de las ayudas a los hijos de las víctimas, sean biológicos o adoptados, así como a menores tutelados por las mujeres fallecidas.

Estos tienen que ser menores de edad en el momento de fallecimiento de la madre o tutora, causado por la violencia machista contra las mujeres, no solo ejercida por la pareja o expareja, sino "incluyendo los feminicidios sexuales, sociales o intrafamiliares".

La ayuda se otorgará hasta la mayoría de edad o hasta los 25 años en caso de discapacidad o dependencia o estar cursando estudios reglados.

El pago anual será del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM), por lo que la ayuda se establecería en 5.760 euros en 2023.

Además, se abonará anualmente hasta los límites indicados mientras se mantenga el padrón en la comunidad autónoma Vasca. La cantidad se duplicará en caso de personas con discapacidad o dependencia reconocidas.

La ayuda económica es ampliable hasta los 25 años en caso de discapacidad o dependencia

Tal como ha expresado la viceconsejera de Políticas Sociales, la ayuda "se ha tenido que crear prácticamente desde cero" porque, si bien surge de la Ley de igualdad aprobada por el Parlamento Vasco en marzo del pasado año, en ella "apenas se ofrece información de cómo regular esta ayuda". Así, ha destacado que el proceso de elaboración de este proyecto ha conllevado la realización de trámites previos, como la consulta de noviembre de 2022 y la orden de inicio aprobada en mayo de 2023.

Tras la firma y publicación este lunes, hasta su entrada en vigor, debe pasar trámites como el de audiencia e información pública, la solicitud de informes --no esenciales y esenciales--, su aprobación en Consejo de Gobierno --todavía sin fecha establecida-- y posterior publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

Para este plan, ha explicado, el cálculo presupuestario del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales para 2024 asciende a 450.000 euros, si bien, al tratarse de un derecho subjetivo, la partida podría ampliarse en función de las necesidades".

En este sentido, ha detallado, la ley de Presupuestos establecerá anualmente los recursos económicos destinados a estas ayudas pero, en caso de que se necesite una partida mayor, está previsto que se contemple como crédito ampliable --al igual que las AES, la ayuda económica de pago único, ayuda crianza hijos/as, etc-- en la futura Ley de Presupuestos de Euskadi.

Sobre ello, ha incidido en que la ayuda podrá percibirse hasta los 25 años en caso de discapacidad igual o superior al 33% o dependencia, o de cursar estudios reglados --incluso si se trata de cursos de formación en Lanbide--, y ha destacado que pretende "apoyar la educación como medio para forjarse un futuro mejor y poder cumplir con el principio de igualdad de oportunidades".

La medida puede alcanzar a unos 40 huérfanos en el País Vasco: requisitos para percibirla

La ayuda de carácter extraordinario de 10.000 euros, con carácter retroactivo hasta 2003, puede beneficiar a unos 40 huérfanos, según el cálculo realizado con datos del Instituto Vasco de la Mujer, Emakunde, teniendo en cuenta que hasta 2012 "no se tienen datos de si las mujeres asesinadas tenían hijos o no" y tampoco se dispone de datos de los menores tutelados por estas mujeres.

Desde que en 2003 se inició en Euskadi la recogida de estadísticas de asesinatos machistas, 53 mujeres han sido asesinadas en el territorio, según Emakunde, si bien solo existen datos de los hijos 2012 a 2023. Con esta información, los perceptores de la ayuda extraordinaria se elevarían a 19. El resto, hasta llegar a 40 aproximadamente, es una estimación realizada "en base a la edad de las mujeres asesinadas" y que consta en los registros de la Comunidad Autónoma.

Para beneficiarse de esta ayuda anual ordinaria hasta los 18 años o hasta los 25 años los requisitos dispuestos son:

  • Mantener la residencia y el padrón en la comunidad autónoma Vasca en el momento de la solicitud, no en el del fallecimiento de la madre
  • La madre tendría que haber residido y estar empadronada en Euskadi al menos cinco años en los diez previos a su fallecimiento
  • Para el acceso al pago único de los 10.000 euros previstos en la disposición transitoria, se exige que el menor tuviera residencia y padrón en el momento del fallecimiento de la víctima, así como cuando realice la solicitud.
  • En caso de menores trasladados fuera de la comunidad tras la muerte de la madre, se admite el padrón en el momento del fallecimiento de la madre y en el momento de la solicitud de la ayuda.
  • También tendrían acceso a la ayuda anual hasta los 18 años, si continúan siendo menores de edad en el momento de solicitarla y mientras mantengan la residencia en Euskadi.
  • Si bien no hay plazo para solicitar la ayuda ordinaria, que se puede pedir a partir del día siguiente a la entrada en vigor del decreto, la ayuda extraordinaria puede ser reclamada solo durante los dos años siguientes, puesto que se trata de "una medida transitoria y excepcional". Ambas ayudas son compatibles.