La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia de un juzgado madrileño que condenó a dos años de cárcel a un profesor de que daba clases de danza en la Universidad Rey Juan Carlos por abusar sexualmente de una alumna durante tres cursos, al considerar probados tocamientos y envíos de imágenes sexuales.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, rechaza el recurso interpuesto por el docente contra la sentencia de enero de 2023 que dictó el Juzgado de lo Penal número 4 de Móstoles. Ahora cabe recurrir ante el Tribunal Supremo.
Se trata de un docente de que daba clases a alumnos del Grado de Artes Visuales y Danza de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) aunque laboralmente no pertenecía a esta universidad, sino al Instituto Superior de Danza Alicia Alonso.
Los magistrados de la audiencia madrileña afirman que "existe suficiente prueba de cargo para acreditar los hechos que se declaran probados" en la sentencia condenatoria originaria, ya que los testigos avalan la versión de la víctima y "no han quedado acreditados los alegados motivos espurios de índole laboral esgrimidos por la defensa".
Añaden que, aunque el acusado admite la existencia de fotos y mensajes de contenido sexual con la denunciante alegando que ambos mantenían una relación abierta, con actos sexuales mutuos y consentidos, en los mensajes investigados no se evidencia eso.
Así la Audiencia de Madrid corrobora que el acusado, como profesor de grado de artes visuales y danza en el campus de Fuenlabrada de la Universidad Rey Juan Carlos, abusó sexualmente de esa alumna entre septiembre de 2014 y febrero de 2017, aprovechando las distintas clases de flexibilidad, acondicionamiento físico, trampolín, cama elástica, acrobacias y danza.
"Le realizó numerosos tocamientos", detalla la sentencia, que añade que además el profesor enviaba a la alumna fotos desnudo y mensajes de índole sexual, y también "mantenía en clase un discurso favorable a las relaciones sexuales entre profesor y alumnas de forma abierta".
Los magistrados ratifican la condena a dos años y un día de prisión, a la medida de libertad vigilada por tiempo de un año y la prohibición de acercarse a la joven a menos de quinientos metros, así como comunicar con ella durante tres años.