¿Qué es la cláusula 'no show' que puede aplicar tu aerolínea?

Una de las cláusulas más polémicas que algunas aerolíneas aplican a los vuelos es la llamada cláusula ‘no show’, la cual suele aparecer en los Términos y Condiciones Generales de Contratación sin que la mayoría de los viajeros conozcan su existencia. 

¿Por qué es polémica?

La cláusula ‘no show’ ha sido muy criticada e incluso ha llegado a ser declarada nula en algunos juicios por su propia naturaleza. Y es que se trata de una condición que la aerolínea pone a sus clientes por la cual, si no realizan todos los trayectos que se incluyen en un billete, tiene la potestad de anular el resto. 

El origen de esta medida se halla en que algunos viajeros en ocasiones compran billetes con escalas o de ida y vuelta porque les salen más económicos para volar directamente a un destino. Esto provoca que algunos aviones pierdan pasajeros –no así la facturación, ya que el pasaje está pagado–.

Con la cláusula ‘no show’, si el viajero no ha cogido alguno de los aviones, se guardan la posibilidad de anular el siguiente vuelo que forme parte del billete, para así sacar provecho y vender nuevamente ese pasaje. Esto hace que un cliente se pueda encontrar con que han cancelado su vuelo después de haberlo abonado. 

La cláusula ‘no show’, en los tribunales

Como se puede adivinar, esta medida ha sido protagonista de enfrentamientos legales desde 2008, puesto que muchos usuarios afectados no solo reclamaban su derecho a disfrutar de un vuelo que ya habían pagado, sino que además solicitaban compensaciones económicas por los daños causados. Eso ha hecho que algunas aerolíneas, como Iberia –que en 2018 llegó a pagar una multa de 448.000 euros impuesta por el Gobierno de las Islas Baleares–, decidieran eliminarla de los Términos y Condiciones de sus billetes. 

Una cláusula abusiva

Y es que en algunos juzgados fue considerada abusiva y nula, a pesar de que cuando el viajero compra el billete, la misma aparece en el contrato. Las razones esgrimidas por la justicia fueron las siguientes: 

  • Si un consumidor paga un billete tiene derecho a elegir si lo utiliza o no, y si lo hace en todos los trayectos o solo en aquellos que considere oportuno.
  • El hecho de que se aproveche de ofertas que hacen las compañías no es razón suficiente como para que alguno de sus vuelos sea cancelado por no haber disfrutado de todos.
  • Las causas de no poder volar no solo se deben a querer aprovechar solo uno de los trayectos. Hay otras muchas como enfermedades o retrasos en las escalas que le pueden impedir subirse al avión.

Además hay que puntualizar que no es una cláusula que sea reconocida por los reglamentos internacionales de aviación. Es más, atenta directamente contra los derechos de los consumidores, por lo que quienes sufren una cancelación por esta razón, podrán reclamar a la justicia tal y como ha ocurrido recientemente con Air Canada, que ha tenido que indemnizar a un cliente con 2.949 euros.