¿Vas a comprar o vender un coche de segunda mano?: la advertencia de la Guardia Civil para no tener problemas

  • La Guardia Civil advierte sobre los datos a incluir en el contrato de compraventa de un coche entre particulares

  • La Benemérita aconseja plasmar por escrito la fecha y la hora en la que se ha producido la transmisión del vehículo

  • La parte vendedora también deberá documentar al comprador que el pago de impuestos y la ITV están en regla

La Dirección General de Tráfico (DGT) ofreció a finales del año pasado una serie de recomendaciones a la hora de adquirir un vehículo de segunda mano. Y es que son varios los fraudes que pueden darse en una compraventa de coches usados entre particulares.

Si no queremos, por ejemplo, tener un susto a la hora de recibir una multa que no nos corresponde, debemos saber que el vendedor cuenta con un plazo de hasta 10 días para remitir la notificación de venta de su vehículo. El comprador, por su parte, dispone de 30 días para reclamar la renovación de la licencia de circulación del correspondiente coche.

El aviso de la Guardia Civil para la compraventa de un coche

Dados los engaños que puede haber durante la compraventa, la Guardia Civil ha querido alertar sobre ello. A través de su cuenta en Twitter, la Benemérita detalla que la clave para no tener futuros problemas es especificar, en el contrato que se realice, la fecha y la hora en la que se ha producido la transmisión del vehículo.

De ese modo, si nada más finalizar la compra se tiene un percance o hay una multa de por medio, el vendedor puede demostrar ante la DGT y las correspondientes autoridades que el vehículo ya no le pertenece y que es el nuevo propietario quien debe afrontar dicha sanción económica. Además, así no recaerá ninguna responsabilidad sobre la persona que ha vendido el coche.

Por otra parte, este último debe demostrar al comprador que el vehículo está completamente al día respecto al pago de impuestos. También tiene que documentar que existe un seguro activo en ese momento y que ha pasado satisfactoriamente la obligatoria inspección técnica de vehículos (ITV).

Según detalla el medio 'Autopista', hay que dejar claro en el contrato si el vendedor particular ofrece algún tipo de garantía extra además de la estipulada por ley de los vicios ocultos. Esta consiste en que el vendedor se debe hacer cargo de cualquier avería en el coche en los 6 meses posteriores a la operación, siempre y cuando se trate de un fallo en el coche que no se deba a un uso inadecuado del mismo.