La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares ha citado este martes (10.00 horas) a un hombre acusado de agredir sexualmente, durante ocho años, a la hija de su pareja, menor de edad, aprovechando que vivían juntos y los momentos en los que se quedaban a solas.
En su escrito, el fiscal señala que los hechos ocurrieron entre julio de 2011 y agosto de 2019. En este periodo, el individuo convivió con la víctima en diferentes domicilios de Mallorca, el último de ellos en Manacor, junto a la madre, que en ese momento era pareja del varón, y los dos hijos de ésta última.
Así, en fechas no determinadas pero durante el tiempo mencionado, el hombre aprovechó los momentos en los que estaba a solas con la niña, que en 2011 tenía ocho años, para someterla a tocamientos y obligarle a practicar sexo oral. Además, Fiscalía detalla que entre 2015, cuando la menor tenía 12 años, y 2019, el varón la agredió sexualmente con penetración en reiteradas ocasiones.
El Ministerio sostiene también que cuando la víctima se negaba u oponía resistencia física, el procesado agarraba fuertemente a la misma por los brazos para impedir que ella pudiera zafarse.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Quart de Poblet acordó imponer cautelarmente al individuo la prohibición de aproximarse a la niña o comunicarse con ella.
En el escrito se destaca que, a consecuencia de los hechos, la menor ha padecido episodios de ansiedad, rabia, desconcierto, miedo, vergüenza y sentimientos de culpa, así como incontinencias desde 2012.
Fiscalía pide 15 años de cárcel para el hombre, la prohibición de aproximarse a la perjudicada durante 22 años o de comunicarse con ella por otros 22 años, y la medida de libertad vigilada durante diez años. Además, solicita la inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión que conlleve contacto con menores de edad por un tiempo de 25 años y que indemnice a la perjudicada en la cantidad de 30.000 euros.
En caso de ser condenado, el fiscal propone la sustitución de la pena de cárcel por la expulsión del territorio nacional durante diez años una vez haya accedido al tercer grado o le haya sido concedida la libertad condicional.