¿Qué es una multa con defecto de forma?
Cuando tiene algún error en los datos se puede considerar multa con defecto de forma
No todos los errores se pueden recurrir, solo aquellos que den lugar a equívocos
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Recibir una multa por haber cometido una infracción de tráfico suele provocar más de un quebradero de cabeza a los conductores, ya sea por la posible pérdida de puntos, ya sea por la cuantía que se debe pagar. Normalmente, la opción más rápida y económica pasa por realizar ese pago antes de que transcurran quince días desde la notificación, ya que eso supone un ahorro del 50 %. Sin embargo, hay una opción de librarse del castigo, y es que se trate de una multa con defecto de forma.
¿Qué es una multa con defecto de forma?
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Hablamos de multa con defecto de forma cuando la sanción tiene algún error en los campos obligatorios que el agente debe rellenar para formalizar la sanción. Concretamente, la información que se ha de incluir en la multa es la siguiente.
- Datos sobre el vehículo. Desde la matrícula, hasta el tipo o clase, la marca y el modelo.
- Datos sobre el denunciado siempre y cuando se conozca. Esto sucede cuando el agente rellena la multa con el conductor presente. Sin embargo, no siempre será posible. Un buen ejemplo de ello es una sanción por exceso de velocidad cuando este es detectado por un radar. En la foto aparecerá el vehículo, pero no habrá información alguna sobre quién lo está conduciendo en ese momento.
- Descripción del hecho punible, detallando el lugar, la fecha y la hora.
- Identificación del agente.
- Descripción de la acción, así como de la sanción que le corresponde, incluyendo la opción de pérdida de puntos.
Hay defecto de forma
Es en esa información donde puede haber un defecto de forma, aunque no serán válidos todos los errores. Aquellos que sean subsanables por parte de la administración o que no provoquen ningún equívoco no servirán para que la multa sea considerada “defectuosa”. En cambio, sí que serán recurribles aquellas en las que se dé alguna de las siguientes situaciones:
- En la multa no se especifica ni el tipo de vehículo ni la matrícula, de manera que resulta casi imposible constatar que la sanción es justa.
- La matrícula que aparece en la imagen captada no se corresponde con la que tiene el vehículo que ha recibido la denuncia.
- La fotografía tiene tan mala calidad que no permite leer correctamente el número de matrícula, de manera que dificulta la identificación del vehículo implicado.
- Otro defecto de forma es que los hechos no se expliquen correctamente y que, por lo tanto, no se pueda conocer si la infracción es adecuada o no.
- Finalmente, si el hecho que se denuncia no coincide con la infracción cometida, aunque esta exista, podrá ser recurrida.
Estas son las más habituales, pero se podrían dar otras situaciones que dieran pie a un defecto de forma que pudiera reclamarse y así librarse de la sanción. Asimismo, existen circunstancias que abren la puerta a invalidar la multa, tales como que haya errores en los márgenes de velocidad, que haya caducado o que no exista la versión correspondiente al agente de tráfico.