Igualdad responde al Ayuntamiento de Torrelodones que el aspirante a policía no puede reconocerse como mujer sin cambio registral
El Ministerio de Igualdad responde al Ayuntamiento de Torrelodones que el aspirante a policía no puede reconocerse como mujer sin cambio registral
La nueva Ley Trans establece que para la autodeterminación de género hay que solicitar la modificación en el Registro Civil
El aspirante hizo la prueba teórica comom hombre y la física como mujer con un acta notarial sobre el cambio de sexo
El Ministerio de Igualdad ha respondido al Ayuntamiento de Torrelodones (Madrid) sobre el caso del opositor a Policía que se declaró mujer antes de las pruebas físicas y ha señalado que esta persona no puede ser reconocida como tal sin que se haya completado el proceso del cambio de sexo en el Registro Civil.
Fuentes del Ministerio que dirige Irene Montero han confirmado que este es el sentido de la respuesta enviada al consistorio madrileño, publicado este jueves por 'El Confidencial', y que sigue la línea de las declaraciones del departamento cuando esta noticia se hizo pública, el pasado mes de marzo.
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Entonces, Igualdad recordaba que la Ley Trans "es clara" en sobre la autodeterminación de género de una persona recogiendo "como única forma de acceder" al cambio "la vía de la doble comparecencia". Es decir, la de acudir a solicitar la modificación al Registro Civil y ratificarla posteriormente en un plazo no superior a tres meses. Además, el Registro tiene un mes para resolver la petición antes de realizar el cambio definitivo.
En el caso del aspirante a policía de Torrelodones, tras realizar las pruebas teóricas en enero como varón, declaró ser mujer dos meses después antes de realizar las pruebas físicas presentando un acta notarial que hacía referencia a la ley autonómica de la Comunidad de Madrid y sin que certificara la inscripción de su cambio de sexo en el Registro Civil.
La ley de la Comunidad de Madrid
Hace un mes, fuentes de Igualdad explicaban que el acta notarial del candidato a Policía Local de Torrelodones se refiere a la Ley Trans autonómica en la que se recoge como objeto de la ley el "proteger el ejercicio efectivo de la libertad" de las personas trans "sin discriminación en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social" y, "especialmente" en esferas como el empleo, entre otras.
Este texto apunta que "ninguna persona será objeto de requerimiento alguno de pruebas de realización total o parcial de cirugías genitales, tratamientos hormonales o pruebas psiquiátricas, psicológicas o tratamientos médicos para hacer uso de su derecho a la identidad de género o acceder a los servicios o a la documentación acorde a su identidad de género sentida en las administraciones públicas o entidades privadas de Madrid"