El Banco de España ha aclarado qué hacer si se tiene una o varias monedas que, ya sea por el paso del tiempo o por otras circunstancias, estén deterioradas o defectuosas. La entidad hace hincapié en que se observen con detalle las monedas que recibamos, ya sea para evitar estafas, comprobar su estado o incluso llevarse alguna ganancia si se trata de una pieza que busquen coleccionistas, como ocurre en las monedas de un céntimo y de dos céntimos, aunque estas ya corran peligro de desaparecer. Al igual que ocurre con los billetes deteriorados, rotos o manchados, las monedas en estos estados también tienen la posibilidad de ser canjeadas por otras nuevas del mismo valor.
Las monedas son producidas a escala industrial usando maquinaria especializada que sigue estrictas tolerancias del control de calidad y que garantizan un producto con un acabado superficial de alta calidad.
A pesar de que las monedas sean fabricadas con un material metálico resistente (cobre, bronce, latón, etc...), su uso prolongado o bien otras circunstancias, como la deformación, corrosión o el fuego, pueden producir un deterioro que afecte a sus características y dificulte su identificación. En ese caso, se interpretaría como una moneda deteriorada. Si por el contrario la moneda presenta un defecto de fabricación, esta sería una moneda defectuosa, en cuyo caso es considerada legítima pero no apta para la circulación, por lo que se procedería a su canje en las sucursales del Banco de España.
Las personas que tengan monedas deterioradas pueden presentarlas en las sucursales del Banco de España o en su entidad de crédito. Las monedas serán procesadas por las máquinas de tratamiento de monedas de la entidad y en caso de presentar dudas sobre su autenticidad, estas serán sometidas a un análisis técnico. Una vez realizado se comunicará el resultado al propietario de las monedas y, si procede, se le abonará el importe correspondiente. Si la cantidad y el estado de las monedas permiten su recuento y reconocimiento, el Banco de España las canjeará en el momento de la presentación. Cuando esto no sea posible, el presentador habrá de seguir el procedimiento descrito a continuación como 'Presentación de grandes cantidades de monedas deterioradas de euros'.
Cuando la cantidad de monedas que se presenta sea superior a 1.000 piezas, el presentador debe notificarlo previamente a la sucursal del banco de España donde se desee realizar la operación acordando una fecha para su recepción. Esta notificación se hará a través del correo electrónico enviando el formulario 'Solicitud de admisión de moneda deteriorada para su canje' presentado en la página oficial de Banco de España. Al firmar dicho impreso, el presentador acepta expresamente el resultado del expediente y la decisión sobre el destino definitivo de las monedas, sean canjeables o no.
El correo deberá contener:
Las monedas deberán presentarse en el siguiente formato de empaquetado:
Cada bolsa o caja debe llevar los detalles de identificación de la persona física o jurídica que realice la entrega, el importe y la denominación del contenido, el peso, la fecha del empaquetado y el número de la bolsa o caja. La persona física o jurídica que realice la entrega debe proporcionar una lista en la que se relacionen las bolsas o cajas entregadas.
En las operaciones de importe igual o superior a 1.000 €, se identificará al presentador o tenedor, atendiendo a lo dispuesto por la normativa de prevención del blanqueo de capitales. Si la operación supera los 10.000 € se recuerda al presentador las obligaciones en la declaración de movimientos de pago (modelo S1) para la entrada de esas monedas en territorio nacional o 100.000 € si es movimiento por territorio nacional.
El Banco de España reembolsará o sustituirá las monedas de euros legítimas deterioradas y que sean reconocidas como tales por las máquinas utilizadas al efecto. No obstante, podrá rechazar el reembolso de las monedas de euros no aptas para la circulación que hayan sido alteradas bien deliberadamente o por un proceso del que sería razonable esperar que tuviera por efecto alterarlas.
Ambas monedas, deterioradas y defectuosas, deben ser retiradas de la circulación para prevenir que haya problemas con su identificación por parte de las máquinas expendedoras, por ejemplo, o que cause confusión sobre su autenticidad entre los usuarios. En el Reglamento UE nº 1210/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo 15 de diciembre de 2010 relativo a la autentificación de las monedas de euros y tratamiento de las monedas de euros no aptas para la circulación, el Banco de España pone en circulación monedas de euro nuevas para mantener su calidad y retira de su circulación las no aptas, sean o no canjeadas.