Seis reos cofrades, en libertad: por qué se mantiene la tradición de indultar presos en Semana Santa

  • La normativa que regula el indulto por el que se permite que el Gobierno conceda el perdón de la pena impuesta bajo una sentencia firme a un preso que está en la cárcel data de la Ley de 18 de junio de 1870

  • Son las cofradías penitentes y hermandades católicas con motivo de la Semana Santa las que solicitan el perdón de presos cercarnos que cumplen con los requisitos necesarios

  • En los últimos años diversos grupos parlamentarios han planteado la reforma de los indultos, pero el consenso para llegar a un acuerdo ha sido imposible

Seis reos serán indultados este año a propuesta de diversas cofradías, gracias a una tradición arraigada en España desde el siglo XVIII, que sigue vigente en la actualidad. Este martes la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha llevado dos de estos indultos a la mesa del Consejo de Ministros, uno propuesto por una hermandad de Zaragoza y el otro, por una de Oviedo.

En la última reunión del gabinete se aprobaron otras cuatro medidas de gracia, cuyos reales decretos han sido ya publicados en el Boletín Oficial del Estado: tres hombres y una mujer con penas de prisión de uno a tres años por delito contra la propiedad industrial, robo o tráfico de estupefacientes.

Entre los indultados está Antonio Daniel M.P., condenado a tres años de cárcel por tráfico de drogas y excarcelado por la cofradía malagueña de Jesús el Rico siguiendo una arraigada práctica que se remonta al siglo XVIII. Precisamente, es esta cofradía la que más indultos presenta cada año y (casi) todos los años uno de sus reclusos propuestos es liberado, según un recuento elaborado por Civio. La tradición se remonta a la peste sufrida en Málaga en 1759 cuando se acordó la suspensión de las procesiones, pero los reclusos de la prisión se amotinaron, escaparon y llevaron al Cristo a hombros por las calles. Al concluir, volvieron a sus celdas, y días después la epidemia remitió. Un impresionado Carlos III dictó una pragmática real concediendo el privilegio de liberar un preso en la ciudad.

Una normativa de 1870

La normativa que regula el indulto por el que se permite que el Gobierno conceda el perdón de la pena impuesta bajo una sentencia firme a un preso que está en la cárcel data de la 'Ley de 18 de junio de 1870 Estableciendo reglas para el ejercicio de la gracia de indulto', que tuvo su última modificación el 31 de marzo de 2015.

Son las cofradías penitentes y hermandades católicas con motivo de la Semana Santa las que solicitan el perdón de presos cercarnos que cumplen con los requisitos necesarios.

Con el indulto se perdona la pena de prisión, que no el delito, y otras condenas accesorias como el pago de multas. La decimonónica ley otorga al Gobierno la posibilidad de indultar total o parcialmente a un reo por razones de "justicia, equidad o utilidad pública".

Con todo, existen ciertas limitaciones para conceder el indulto. Por ejemplo, cuando un reo no tiene todavía sentencia firme, si es reincidente (salvo excepciones) o aquellos que hayan escapado o exiliado fuera de los límites de acción del Tribunal.

Reforma de los indultos

En los últimos años diversos grupos parlamentarios han planteado su reforma, y, aunque el consenso ha sido imposible, lo cierto es que desde que Pilar Llop está al frente del Ministerio de Justicia, desde julio de 2021, ha bajado el ritmo de concesión de indultos por parte del Ejecutivo. El Ministerio de Justicia es el encargado de analizar los informes del tribunal sentenciador, la Fiscalía y la víctima, si la hay. El año pasado Llop firmó solo 16 indultos y en el segundo semestre de 2021, cinco, frente a los 41 que había avalado su antecesor, Juan Carlos Campo, en el primer semestre de aquel año o los 28 que aprobó en 2020.

Entre 2018 y 2022, las cofradías y hermandades pidieron el indulto para 174 personas, pero el Gobierno solo liberó a 24, es decir, 13,8% de los indultos pedidos por las agrupaciones religiosas, mientras que admitió menos del 1% de todas las solicitudes de perdón recibidas por vía ordinaria, según Civio.

Petición de indultos excepcionales

El programa electoral del PSOE de 2016 recogía "actualizar en la Constitución el principio de laicidad según la interpretación del Tribunal Constitucional", y "contemplar en este precepto el sometimiento de los representantes de los poderes públicos al principio de neutralidad religiosa en sus actuaciones". La propuesta socialista era que el indulto fuera un instrumento que “solo se aplicase de forma excepcional” y atendiera primordialmente a la reinserción en la sociedad.

Desde el Observatorio de la Laicidad, de Europa Laica - organización sin ánimo de lucro española promotora del laicismo y la libertad de conciencia, el Estado laico y la separación Iglesia-Estado- señalan que es "de extrema gravedad" esta vulneración del principio de laicidad. "Más allá del incumplimiento del programa electoral del Gobierno, se trata de una actuación clerical injustificable. La tradición no es excusa para conceder el privilegio de elegir a quién se indulta por parte de entidades religiosas", señalan.