Ley de reproducción asistida en España: ¿Qué procedimientos no están permitidos?

Desde 2006, la Ley española de reproducción asistida busca facilitar que las parejas con problemas de fertilidad o mujeres solas puedan tener hijos biológicos. La norma establece algunas prácticas que están prohibidas en nuestro país como es el caso de la gestación subrogada de Ana Obregón. Estas restricciones se realizan con el objetivo de proteger la salud y los derechos de las personas involucradas en los tratamientos de reproducción asistida y garantizar que se realicen de manera ética y responsable.

La norma fue modificada en 2013 por la ministra de Sanidad del PP, Ana Mato, prohibiéndolo para mujeres lesbianas o solteras alegando motivos presupuestarios, por lo que su aplicación quedó reducida solo a parejas estériles formadas exclusivamente por un hombre y una mujer. Posteriormente, el primer gobierno de Pedro Sánchez abolió esta prohibición autorizando a la Sanidad Pública a atender a estos colectivos excluidos.

Las prácticas prohíbas por la Ley de reproducción asistida son las siguientes:

La selección del sexo del embrión

La selección del sexo del embrión, excepto en casos específicos en los que la enfermedad está vinculada al género. Esta práctica, conocida como selección de género, se considera una forma de discriminación y está prohibida en España.

La clonación humana

La clonación humana es una práctica que se encuentra expresamente prohibida por esta norma al considerar que se trata de un proceso que implica la creación de un embrión idéntico genéticamente a otro ser humano. Esta práctica se considera peligrosa y poco ética, y su uso está restringido en todo el mundo.

La creación de embriones híbridos

También está prohibida la creación de embriones híbridos, es decir, la combinación de material genético humano con el de otro ser vivo. Esta práctica se considera peligrosa y poco ética, y su uso está restringido en todo el mundo.

La transferencia de embriones con fines de investigación

Otra de las prácticas que quedan fuera de la ley es la transferencia de embriones con fines de investigación. Esta práctica, conocida como investigación con embriones, se considera una forma de experimentación humana y está prohibida en España. En su lugar, se promueve el uso de células madre para la investigación médica.

La donación de gametos para la creación de embriones destinados a la investigación

Asimismo está prohibida la donación de gametos para la creación de embriones destinados a la investigación. Esta práctica se considera una forma de experimentación humana lo que refuerza su ilegalidad en nuestro país.

La gestación subrogada

Como ya hemos visto en el caso de Ana Obregón, la norma española prohíbe la maternidad o gestación subrogada, es decir, la práctica de alquilar el vientre de una mujer para llevar a cabo un embarazo por cuenta de terceros. Esta práctica se considera peligrosa y poco ética, y su uso está restringido en casi todo el mundo.

La donación de gametos a personas mayores de 50 años

Otra de las cuestiones en torno a la que ha girado la polémica por las gestación subrogada de Ana Obregón es su edad para convertirse en madre mediante un vientre de alquiler. En este sentido, la legislación prohíbe la donación de gametos a personas mayores de 50 años. Esta restricción se realiza con el objetivo de proteger la salud de los niños que puedan nacer de estos tratamientos, ya que se considera que los padres mayores tienen más probabilidades de tener problemas de salud y de transmitir enfermedades genéticas a sus hijos.

La creación de embriones para la gestación de animales

Finalmente y fuera del ámbito humano, la Ley española de reproducción asistida prohíbe la creación de embriones para la gestación de animales. Esta práctica se considera peligrosa y poco ética, y su uso está restringido en muchos países.