La actriz, presentadora y bióloga Ana Obregón ha sido madre por gestación subrogada a los 68 años de edad. Desde que perdió a su hijo Aless Lequio, a la polifacética Ana Obregón le costaba salir adelante. Ahora una bebé le ha devuelto la ilusión. ¿Cuánto cuesta un proceso como este de gestación subrogada?
Ana Obregón ha tenido a su hija, por gestación subrogada, en Miami, según informa en exclusiva la revista Hola. En España la ley no lo permite. De hecho, esta semana una mujer y una pareja ha sido detenida por intentar llevar a cabo una maternidad subrogada en Badajoz. Una decisión de la que ha opinado a preguntas de los periodistas en el Congreso, la ministra de Igualdad, Irene Montero, que ha vuelto a recordar que "la nueva ley de derechos sexuales lo reconoce como violencia contra las mujeres".
La gestación subrogada, también llamada vientre de alquiler, consiste en pagar a una mujer que gesta y da a luz a un bebé que después entrega a esa persona o personas. En este caso Ana Obregón.
El método es muy criticado por algunas personas que lo consideran una forma más de explotación de la mujer e incluso de traficar con personas. Para otros, en cambio, es la última oportunidad de ser padres y se amparan en la libertad individual.
En España la maternidad subrogada está totalmente prohibido por la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. “Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero", reza el artículo 10.
No obstante, la ley no impide, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que esos bebés nacidos por vientres de alquiler sean registrados finalmente como españoles y reconocer la identidad del niño. Es por este resquicio legal que muchos famosos y ciudadanos españoles con recursos económicos suficientes recurren a vientres de alquiler en países donde si está permitido como Estados Unidos. Ana Obregón ha sido madre por gestación subrogada en Miami.
Para inscribir a un niño nacido mediante gestación subrogada a favor de los denominados padres intencionales, es decir, quienes contratan el vientre de alquiler, hay que cumplir los requisitos recogidos en la Instrucción del 5 de octubre de 2010 de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Es decir, los padres de intención deben aportar una resolución judicial dictada por el Tribunal competente del país donde ha nacido el menor, en la que quede establecida la filiación del nacido en favor de ellos y no de la gestante subrogada, de forma que desde el primer momento los padres de intención son reconocidos como padres legales y biológicos.
Si el país de nacimiento del niño no emite la resolución judicial, hay otra forma, más tediosa, de inscribir al niño. Si el padre es el padre biológico, existe la posibilidad de atribuirle la paternidad del bebé por los medios ordinarios regulados en la legislación española, permitiendo la inscripción del menor en el Registro Civil. Hará falta una prueba de ADN. En este caso, ara que la madre de intención sea reconocida como madre del niño, la gestante tendrá que renunciar a la potestad del bebé, ya que la legislación española la considera a ella la madre.