Dani Alves, el futbolista brasileño de 39 años encarcelado por presuntamente agredir sexualmente a una joven de 23 años en una discoteca la noche del 30 al 31 del pasado mes de diciembre, sí seguirá en prisión provisional. Así lo ha comunicado este martes la sección tercera de la Audiencia de Barcelona, que había convocado la vista tras presentar el abogado del deportista un recurso para su puesta en libertad.
El exjugador del FC Barcelona, Sevilla FC y París Saint-Germain FC, entre otros equipos, no ha asistido a la sala ni física ni virtualmente, solo han acudido los abogados de las partes, que han expuesto sus argumentos, y la fiscal.
En el auto, los magistrados de la sección 3ª de la Audiencia de Barcelona concluyen que la decisión de la jueza instructora de enviar a prisión al futbolista era “justificada y necesaria” ante los “indicios fundados” de agresión sexual contra el jugador.
El tribunal recalca que el jugador presenta un “elevado riesgo de fuga” vinculado a la elevada pena que podría imponérsele por agresión sexual así como a los “severos indicios de criminalidad” contra él y su “abultada capacidad económica”, que le permitiría huir de España “en cualquier momento”.
El auto deja claro que descarta las medidas alternativas a la prisión provisional que propone la defensa porque no considera que "sean suficientes para neutralizar el riesgo de fuga" que califica como elevado. "La imposición de una fianza, la presentación apud acta y la retirada del pasaporte no constituyen garantía suficiente. Nada impediría al Sr. Alves salir de España por vía aérea o marítima o incluso terrestre sin documentación y llegar a su país de origen y nacionalidad y mantenerse en Brasil sin ese pasaporte a sabiendas que no sería entregado a España ni a través de órdenes internacionales de detención o extradición".
En cuanto a los dispositivos telemáticos, dice el auto que "tampoco se pueden acoger como medida neutralizadora del riesgo de fuga ya que estos no tienen como finalizar geolocalizar a aquel que la lleva instalada, sino proteger a la víctima y evitar que una orden de alejamiento sea incumplida".
Dice el auto que la inicial colaboración de Dani Alves "no neutraliza el riesgo de huir y eludir tanto el final de la investigación como el previsible juicio oral, ya que su llegada a Barcelona y su presentación el día 20 de enero de 2023 ante los Mossos d’Esquadra no se produjo por un sentimiento de impunidad como sostiene la acusación particular, pero sí que el acusado desconocía el alcance de la investigación y los indicios de criminalidad"
Los tres magistrados Eduardo Navarro, Myriam Linage y Carmen Guil tienen en cuenta también su mayor arraigo está en Brasil –país con el que no existe acuerdo de extradición–.
Considera la Audiencia que la decisión de encerrarlo preventivamente que tomó la jueza Anna Marín, a petición de la fiscalía y de la acusación particular que ejerce la letrada Ester García, estaba "motivada". "Sin ánimo de exhaustividad y remitiéndonos a los detallados escritos de la fiscal y de la acusación particular, los indicios de criminalidad contra el Sr. Alves son diversos y no parten solo de la declaración de la denunciante, sino que existen testigos del momento anterior y posterior a la entrada del investigado al lavabo al que accedió con posterioridad la Sra..... y en el que ambos estuvieron en su interior unos 16 minutos y donde las acusaciones sostienen que acaecieron los hechos".
Tanto el ministerio público como la acusación particular que representa a la víctima se habían opuesto a la puesta en libertad de Dani Alves, en prisión provisional desde el pasado 20 de enero en el centro penitenciario de Brians 2.
A qué penas se enfrenta Dani Alves en el caso de que en un futuro pueda ser condenado, es una de las preguntas que ahora surgen tras un auto que pone en solfa su futuro. En el caso de la agresión sexual, la condena va de uno a cinco años de prisión si se trata de atentado contra la libertad sexual de una persona mediante la violencia o la intimidación. Si en ese atentado hay acceso carnal, la pena que prevé el Código Penal sube y se fija entre 6 y 12 años de cárcel.
Mientras, en el caso de abuso sexual, que se produce "sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento", las penas previstas van de uno a tres años o multa de 18 a 24 meses, salvo que se produzca acceso carnal, en cuyo caso, la mínima sería de 4 años de cárcel y la máxima, de diez.
No obstante, el Código Penal detalla una serie de circunstancias que en ambos casos agravarían las penas, como cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio, cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas o cuando la víctima sea especialmente vulnerable.
También se agrava la pena cuando para la ejecución del delito, el responsable se haya prevalido de una relación de superioridad o parentesco o el autor haga uso de armas u otros medios igualmente peligrosos, susceptibles de producir la muerte o lesiones graves.
Si se dan alguna de estas circunstancias, la pena por abuso sexual irá de cinco a diez años de cárcel y la pena por agresión sexual se fijará en una horquilla entre los 12 y los 15 años de cárcel. En el caso de que concurra más de una circunstancia a la vez, se aplicarán las penas en su mitad superior, tal y como establece el Código Penal.
Su libertad final se decidirá cuando se celebre el juicio, que por el momento no tiene fecha. En este sentido, la Audiencia de Barcelona avanza que la instrucción de la causa “está prácticamente finalizada”, por lo que Alves no debería pasar mucho tiempo más en prisión provisional antes del juicio.
La Fiscalía se opuso a la solicitud de la defensa apostando por el mantenimiento de la prisión provisional sin fianza de Dani Alves, al existir indicios suficientes de la comisión de un delito de agresión sexual con penetración y un grave riesgo de fuga. La Fiscal expuso a la Sala los múltiples indicios existentes que corroboran la versión ofrecida por la víctima y que no se detallaban por ser la instrucción de carácter reservado.
A la vista de todos los indicios existentes, la Fiscalía consideraba que existía un grave riesgo de fuga por cuanto el Sr. Alves es nacional de Brasil, dispone de un muy elevado patrimonio que le permitiría asegurar su fuga y no tiene arraigo suficiente en España. Las medidas alternativas propuestas por la Defensa no eran suficientes para garantizar que Alves se encontrara a disposición de los Tribunales españoles durante toda la tramitación de la causa. La Audiencia le ha dado la razón.
La petición de la Fiscalía se sumaba a la de la abogada de la víctima. La abogada de la acusación particular valoraba que dejarlo en libertad provisional sería "un atentado a la integridad psicológica" de la denunciante.
La defensa de la joven que, supuestamente, sufrió el abuso sexual por parte del jugador también apostaba por mantener a Dani Alves en prisión por los indicios de criminalidad, el elevado riesgo de fuga y su capacidad económica.
La defensa de la presunta víctima alegaba que esta se vería obligada a estar encerrada ya no solo por la agresión sexual sino la presión mediática.
Por su parte, la defensa de Alves señalaba, como ya hizo en su recurso, que las imágenes de seguridad de la discoteca, contradecían la versión de la denunciante.
También en referencia a las grabaciones de las cámaras, la acusación particular cuestionaba que, al irse de Sutton, el jugador vio a la víctima llorando y no le dijo nada.
Respecto al riesgo de fuga, el 'caso Robinho' ha tenido peso en el encarcelamiento, ya que el exjugador del Real Madrid regresó a su país tras ser acusado de violación en Italia y, debido a la ausencia de ley de extradición en Brasil, todavía no ha entrado en prisión, a pesar de haber sido declarado culpable. Cristóbal Martell, desde que tomó la defensa de Dani Alves, aseguraba que no había riesgos en este sentido.
En cuanto a los indicios incriminatorios de violación, Alves aseguró ante la jueza el 20 de enero que la víctima le practicó una felación, pero los restos de semen que se recogieron de las muestras intravaginales de la víctima eran suyos, según los resultados del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. La denunciante había presentado un parte de lesiones realizado por el Hospital Clínic de Barcelona.
La víctima siempre ha mantenido la misma versión de los hechos, lo que se había considerado uno de los puntos fuertes de la acusación. Según su versión, él le insistió para que le acompañara a través de una puerta. Ella accedió, pero no sabía que se trataba de un baño. Al descubrirlo, quiso salir, pero Alves se lo impidió. Después, el deportista se sentó en el retrete y la sentó encima suya a la fuerza. Se resistió, la abofeteó e intentó que le hiciera una felación, pero también se opuso. Luego la levantó y la violó.
El futbolista inicialmente dijo que no conocía a la mujer y que no mantuvo relaciones sexuales con ella, después que habían coincidido 15 minutos en el baño, sin llegar a pasar nada, y finalmente que le realizó una felación. Este cambio de versión parecía desmontar su relato, tal y como ha ocurrido.