Una mujer, condenada a 22 años de prisión por prostituir a su hija menor de edad y con discapacidad en Melilla

  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a una mujer en Melilla a 22 años de prisión por prostituir su hija menor de edad y con discapacidad intelectual

  • La menor estaba acogida en un centro de protección y la mujer aprovechaba las visitas de los viernes para llevársela y prostituirla

  • Han condenado también al hombre que abusaba de la menor de edad a 17 años de prisión

Una mujer, M.B.B., ha sido condenada en Melilla a 22 años de prisión, 12 por un delito continuado de abusos sexuales y 10 por un delito de prostitución de menores de 16 años, cuya víctima era su propia hija, de 12 años, que sufría una discapacidad y estaba acogida en un centro de protección. En este caso, en el que se ha desestimado un recurso a una sentencia, la ley del ‘solo sí es sí’ no ha variado las penas que le habían sido impuestas.

También ha sido condenado por los mismos delitos a 17 años de prisión un hombre, F.N.F., amigo de la mujer, que tenía antecedentes por delitos de índole sexual, ya que en 2013 había sido condenado a seis meses de prisión por un delito de exhibicionismo y provocación sexual con víctima menor, aunque obtuvo una suspensión condicional de la pena.

La sentencia desestima un recurso que presentaron los acusados

La sentencia de la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso que presentaron tanto el hombre como la mujer, que fueron condenados en junio de 2022 por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla.

Los dos habían presentado un recurso al considerar que se había dado un error en valoración de la prueba, especialmente de la declaración de la víctima, por considerar que se había vulnerado la presunción de inocencia, algo que el TSJA ha rechazado al señalar que “en la vista oral se han practicado pruebas aptas para desvirtuarla”.

Además, descarta que la víctima tuviera ánimo de venganza en su declaración, que hizo con 13 años, sobre los hechos que sufrió durante más de un año antes después de que en el centro donde estaba acogida notaran un cambio de actitud en ella y le insistieran para que contara qué le pasaba.

La declaración de la víctima “se ve apoyada por los informes ratificados en juicio” de dos psicólogas, según los cuales la niña sufre “síntomas ansiosos-depresivos y problemas conductuales, con dificultad para conciliar el sueño, pensamientos de autolisis, bajo rendimiento académico, sentimientos de estigmatización, humillación, culpa, vergüenza, pérdida de autoestima e impotencia, entre otros”.

Según la sentencia, la víctima relató que su madre aprovechaba la visita al centro de acogida los viernes para llevarla a la casa del hombre y, “aprovechando su condición de progenitora, y a cambio de cierta cantidad de dinero, obligaba a su hija a dejarse hacer por el procesado a fin de que este satisficiese sus deseos sexuales”.

El hombre, “conocedor de la edad de la menor y de su limitación intelectual, la llevaba al único dormitorio que tiene la vivienda y, una vez allí, la desnudaba, la besaba y le tocaba pechos y zonas íntimas, habiendo llegado a introducir sus dedos en la vagina” de la menor, “todo ello mientras se masturbaba”.

Cuando terminaba, le daba a la niña 5 euros, además del pago que realizaba a la madre, que oscilaba entre 25 y 30 euros por estas prácticas, que “se repitieron un número no determinado de veces”.

Los delitos de abusos sexuales han tenido que ser revisados de oficio por la entrada en vigor en septiembre de 2022 de la ley del ‘solo sí es sí’, aunque en este caso no ha variado las penas que les habían sido impuestas por ambos delitos.