Un hombre que trató de matar a su mujer a hachazos en la cocina del restaurante que ambos regentaban en Barcelona cumplirá una condena de 12 años y diez meses de prisión. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo que rechaza el recurso del condenado a la decisión del TSJC contra la pena impuesta por un delito de asesinato en grado de tentativa y otro de lesiones.
La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que confirma las sucesivas condenas del hombre, además de la prohibición de acercarse y comunicarse con la victima durante 22 años y diez meses así como una indemnización de 59.840 euros.
El condenado recurrió las condenas de la Audiencia de Barcelona y posteriormente la del Tribunal Superior de Justicia, por un delito de asesinato en grado de tentativa y otro de lesiones.
La pareja, ambos de nacionalidad china, regentaba un restaurante en Barcelona, ciudad donde vivían con sus tres hijos. Sin embargo, desde 2016 el matrimonio se encontraba "sumido en una profunda crisis de pareja" con "frecuentes discusiones" a causa de la exigencia de la mujer que pedía el divorcio y que se produjo ya en 2018.
El violento incidente ocurrió entre el 6 y el 10 de julio de 2016, que comenzó con una discusión entre ambos en su casa en la que el condenado le propinó diversos puñetazos y golpes con la mano a su pareja.
Cuatro días más tarde, volvieron a discutir en el restaurante en presencia de uno de sus hijos; estaba vez la mujer cogió de las mejillas a su marido y le propinó una ligera patada.
El condenado se levantó súbitamente de su asiento y cogió a su esposa del cuello y la empujó hasta la cocina pidiendo a su hijo que saliera y llamara a la Policía.
Una vez allí, cogió un hacha de cocina y asestó un primer golpe en el muslo izquierdo de la mujer e inmediatamente "con ánimo de acabar con su vida" le asestó dos golpes con el hacha en la parte posterior del cuello, mientras ella estaba semiagachada y sin poder moverse.
Por fortuna, dos clientes entraron en la cocina alertados por los gritos de la mujer y lograron reducir al hombre hasta que llegó la policía. La atención médica urgente impidió la muerte de la mujer.
En su recurso, el condenado alega la existencia de un desistimiento voluntario ya que no quiso consumar la muerte, pero el Supremo responde que "en ningún momento se desarrolla una conducta de desistir en la acción y mucho menos de un desistimiento activo" cuando el condenado tuvo que se apartado y reducido por la fuerza por dos clientes cuando estaba encima de la mujer.