La justicia da la razón al hombre que acudió desnudo a un juicio por exhibicionismo en Valencia

Alejandro Colomar, joven naturista de 29 años, ha ganado el contencioso-administrativo de una multa impuesta por no llevar ropa por la calle, después de que el pasado 27 de septiembre se presentase desnudo al juicio en la Ciudad de la Justicia de Valencia.

El joven nudista de Aldaia había presentado un recurso a la sanción administrativa que le habían impuesto por pasearse desnudo por un puesto público, y en la sentencia hecha pública hoy, pero dictada el 15 de noviembre, afirma que no existe ninguna ley de ámbito municipal que le impida ir desnudo. Al no haber habido resistencia a la autoridad, no ha cometido ningún acto de exhibición obscena, recoge Apunt.

Colomar, a quien ya le han puesto cerca de una decena de multas por un importe total global de unos 3.000 euros, reivindica que esta es "una práctica legal" y, por tanto, defiende su derecho a ejercerla.

No constituye un acto de exhibición obscena

Pablo Mora, abogado del acusado, señala que ir desnudo por la calle no es un delito, pero admite que hay un vacío legal desde que en 1988 se eliminó el delito de escándalo público. Desde entonces, esta práctica debe quedar regulada en las ordenanzas municipales.

El problema, señala, es que muy pocos Ayuntamientos lo han regulado --como el de Barcelona o Valladolid-- pero ninguno del área metropolitana de València y, por tanto, sostiene que "se está vulnerando el principio de legalidad". De hecho, esta vulneración es lo que le ha permitido ganar una de las multas.

El tribunal entiende que la conducta del recurrente no muestra ningún elemento relativo a la "incitación de actos atentatorios contra la libertad o indemnidad sexual", por lo que no constituye un acto de exhibición obscena, que considera que los órganos sexuales sólo se muestran con una satisfacción sexual propia. 

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