Rechazado el recurso de María Salmerón para eludir su ingreso en prisión

  • María Salmerón tendrá que entrar en la cárcel Sevilla I el próximo viernes

  • María Salmerón lo ha comunicado a los periodistas antes de entregar 102.000 firmas de apoyo a su causa en la Delegación del Gobierno en Andalucía, en Sevilla

  • María Salmerón fue condenada por no permitir a su exmarido -condenado por violencia machista- ver a la hija de ambos cuando era menor de edad

La titular del juzgado de instrucción número 6 de Sevilla ha rechazado el recurso de María Salmerón para eludir su ingreso en prisión, con lo que tendría que entrar en la cárcel Sevilla I el próximo viernes por no permitir a su exmarido -condenado por violencia machista- ver a la hija de ambos cuando era menor de edad. Salmerón lo ha comunicado a los periodistas antes de entregar 102.000 firmas de apoyo a su causa en la Delegación del Gobierno en Andalucía, en Sevilla.

María Salmerón fue condenada a nueve meses de prisión y al pago de 3.000 euros en concepto de responsabilidad civil, que pagó 24 horas antes de conocer la decisión de la jueza de que ingresara en prisión, a pesar de que confiaba en eludir la cárcel con ese pago.

La mujer, que ya había sido indultada en varias ocasiones, solicitó de nuevo la gracia tras haber sido condenada en 2020 por un juzgado de Sevilla a nueve meses de cárcel por un delito continuado de desobediencia grave a la autoridad con la agravante de reincidencia, y que decidió que siguiera en libertad hasta la resolución dictada este miércoles.

El padre fue condenado a su vez a un año y nueve meses de cárcel por malos tratos. Tanto María Salmerón como su hija, Miriam Ruiz Salmerón, declararon en diversas ocasiones ante sede judicial que era su hija quien se negaba a ver a su padre, condenado en firme por maltrato en 2008 a 21 meses de prisión, pena que nunca llegó a cumplir. Miriam lo volvió a declarar esto mismo frente al juzgado de Sevilla que finalmente acabó condenando a su madre.

Calvario judicial

La ministra de Justicia, Pilar Llop, manifestaba que la petición de nuevo indulto fue finalmente denegada por "imperativo legal", pues según aseguraba no había "margen" legal para autorizarlo, toda vez que dicha denegación oficial fue acordada después de que el Juzgado de lo Penal número seis requiriese a María Salmerón para su ingreso voluntario en prisión, al entender ya "desestimada" esa petición de nuevo indulto.

En concreto, en un auto de fecha 28 de enero de 2021, recordémoslo, el juzgado daba cuenta de que ante la petición de la representación de María Salmerón de suspender la ejecución de su condena a nueve meses de prisión impuesta en junio de 2019 por esta instancia judicial, tanto la Fiscalía como la acusación particular se opusieron a dicha medida.

María Salmerón, nunca ha entrado en prisión

Al respecto, el juzgado razonaba que si bien María Salmerón "ha sido condenada en varias ocasiones", lo cierto es que "nunca ha entrado en prisión", ya sea por la concesión de indultos o por la prescripción de los hechos sancionados, con lo que esta condena del Juzgado de lo Penal número seis a nueve meses de cárcel por desobediencia y otra más del Juzgado de lo Penal número uno serían "las únicas" que pesan a todos los efectos sobre Salmerón.

Finalmente, el Juzgado de lo Penal número seis consideraba en este auto de enero de 2021 que "la concesión de otros indultos" a Salmerón, aunque el último fuese declarado nulo por el Tribunal Supremo, conducía a resolver que "lo más prudente" era entonces suspender la efectividad de la mencionada condena a nueve meses de cárcel hasta que fuese resuelta la solicitud de Salmerón respecto a un nuevo indulto, con su aceptación o "denegación".

Pero en una providencia posterior de fecha 29 de marzo recogida por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número seis indicaba que aquella petición de indulto fue formalizada el 9 de febrero de 2021, toda vez que "la última documentación" solicitada con relación al asunto se remonta al 26 de marzo de aquel año y la regulación estipula que "transcurrido el plazo de un año, debe entenderse desestimada la solicitud de indulto".

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