Cómo se vacunará contra el coronavirus en España: Quiénes recibirán la vacuna primero
Redacción digital Informativos Telecinco
El domingo 27 de diciembre comienza la vacunación contra el coronavirus en España.
El 27 de diciembre comienza la vacunación contra el covid en España
Sanidad establece varios grupos para vacunar progresivamente
Residencias y personal sanitario, los primeros en recibir las vacunas
El domingo 27 de diciembre de 2020 quedará marcado en el calendario por ser el día en el que dio comienzo la vacunación contra el coronaviruscoronavirus en España. Ese día, una mujer de una residencia de Guadalajara se convertirá en la primera persona que recibirá la vacuna en nuestro país. Tras ella, se vacunará progresivamente a la población distribuida en distintos grupos definidos en la estrategia de vacunación de Sanidad contra el covid19.
En una primera etapa donde el número de vacunas será limitado, se vacunará de manera priorizada a las personas que se incluyen en estos grupos:
Residentes y personal sanitario y sociosanitario que trabaja en residencias de personas mayores y de atención a grandes dependientes
- Residentes en centros de personas mayores y de atención a grandes dependientes
Personas con gran dependencia que están institucionalizadas.
Se incluirá también a las personas vulnerables o con gran dependencia que acuden a centros de día, siempre que estos centros estén vinculados a residencias de mayores, es decir, con actividades y personal compartidos.
En el caso de personas en situación terminal, el personal sanitario responsable de su asistencia valorará la vacunación de estas personas de manera individual.
En las residencias en las que exista un brote activo se realizará una valoración de la situación y de la vacunación por parte de Salud Pública.
- Personal sanitario y sociosanitario en centros de mayores y de atención a grandes dependientes
Todas las personas que trabajan en estos centros, incluidos los que desempeñan otras funciones distintas a la prestación de servicios sanitarios (administrativo, limpieza, cocina, etc.)
Además, se incluye también a las personas que trabajan en centros de día vinculados a centros de mayores, es decir, con actividades y personal compartidos.
GRUPO 2
Personal de primera línea en el ámbito sanitario y sociosanitario
- Personal sanitario y sociosanitario de primera línea:
Unidades, consultas o circuitos covid.
Puertas de entrada de pacientes agudos a los servicios de salud (servicios de admisión, urgencias, emergencias, atención primaria, servicios de prevención de riesgos laborales, instituciones penitenciarias y cualquier especialidad que reciba pacientes agudos). También personal de unidades móviles de atención directa a pacientes covid19.
Transporte sanitario urgente.
Servicios de cuidados intensivos u otras unidades que asuman estas funciones en caso necesario.
Cualquier servicio de cuidado no intensivo donde se realicen procedimientos que puedan generar aerosoles.
Servicios y unidades con pacientes de alto riesgo (oncología, hematología, etc.).
Servicios centrales donde se toman y manipulan muestras que potencialmente pueden contener virus viables.
Personal sanitario de salud pública que trabaja en la gestión directa de la pandemia y en función de su riesgo de exposición.
Personal de los equipos de vacunación, incluyendo a aquellas personas de salud laboral y medicina preventiva que van a participar en la administración de las vacunas frente a covid19.
- Personal del ámbito sociosanitario:
Incluye el personal que trabaja en otros centros de atención a personas mayores y de riesgo diferentes a los residenciales incluidos en el grupo 1.
De manera específica, las personas que realizan un trabajo proporcionando cuidados estrechos a personas de poblaciones de riesgo en sus hogares (mayores, personas dependientes, enfermos, etc.) se vacunarán en el grupo 4. En este grupo no se incluyen los cuidadores no profesionales (familiares, convivientes…).
GRUPO 3
Otro personal sanitario y sociosanitario
Personas no incluidas en la categoría de primera línea (grupo 2) que trabajan en centros y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, pero en esta primera etapa la vacunación se centrará solamente en el personal que de manera específica realiza actividades que exigen contacto estrecho con personas que puedan estar infectadas por SARS-CoV-2, es decir, en función del riesgo de exposición y transmisión. Se valorará la vacunación de las personas de este grupo que no se vacunen en la primera etapa en las etapas siguientes, como “personal esencial de primera línea” u “otro personal esencial”.
GRUPO 4
Personas consideradas como grandes dependientes (grado III de dependencia, es decir, con necesidad de intensas medidas de apoyo) que no estén actualmente institucionalizadas.
Personas consideradas grandes dependientes (grado III) según la Ley de Dependencia (Ley 39/2006, de 14 de diciembre* ), aquellas que hayan solicitado el reconocimiento y las que no lo hayan solicitado aún pero esté médicamente acreditado por tener enfermedades que requieran intensas medidas de apoyo para desarrollar su vida, incluidas aquellas institucionalizadas y no institucionalizadas.
Las personas que ejercen un trabajo de atención a estas personas con gran dependencia en sus hogares se vacunarán en la misma visita que las personas a las que asisten, si no se han vacunado con anterioridad.
Población con antecedente de infección por SARS-CoV-2
La evidencia actual muestra que la gran mayoría de las personas infectadas por SARS-CoV-2 producen anticuerpos neutralizantes además de estimular la inducción de respuesta de células T. Sin embargo, todavía se dispone de poca información. Por ello se recomienda:
- La vacunación de todas las personas internas en residencias y centros de mayores, incluyendo grandes dependientes institucionalizados, y de todo el personal que trabaja en estos centros, independientemente de que hayan pasado la enfermedad o no. En el caso de que alguna de estas personas haya pasado la enfermedad muy recientemente y estén en periodo de aislamiento, se vacunará en cuanto finalice este periodo y reciban el alta epidemiológica. Del mismo modo, en las personas en cuarentena por ser contacto estrecho de un caso de covid19, se pospondrá la vacunación hasta la finalización de la misma.
- En cuanto al personal sanitario de primera línea y otro personal sanitario y sociosanitario que ha tenido una infección confirmada por SARS-CoV-2, podrá retrasar la vacunación hasta que transcurran 90 días desde la fecha del diagnóstico.
Resto de la población: vacunación voluntaria
Sin perjuicio del deber de colaboración que recae sobre los individuos, la vacunación frente a covid19 será voluntaria, y ello, a salvo de lo previsto en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas especiales en materia de salud pública. Se considera importante registrar los casos de rechazo a la vacunación en el Registro de vacunación, con la finalidad de conocer las posibles razones de reticencia en diferentes grupos de población.