Las prisas nunca son buenas consejeras. Lamentablemente, los seres humanos tendemos a hacerlo casi todo en el último momento, incluidas ciertas obligaciones que, cuando se presentan, trastocan completamente nuestros planes y nos obligan a adaptarnos.
Un caso bastante habitual es la renovación del DNI, que suele coincidir mágicamente con algún viaje importante o un desplazamiento que no podemos aplazar. Sobre este particular existe gran desconocimiento entre la población.
Por extraño que pueda parecer, tener el DNI caducado no nos impide viajar en determinadas situaciones. Todo depende de las características del viaje que vayamos realizar, del territorio por el que nos movamos y de la normativa de las empresas con las que hemos contratado el viaje.
¿En qué casos concretos podemos viajar con el DNI caducado?
La OCU define así el documento de identidad que poseen todos los mayores de 14 años en España. “Es un documento personal, oficial y público, que no solo prueba la identidad del titular, sino también sus datos y su nacionalidad española. Resulta imprescindible para identificarse y realizar diferentes trámites, entre ellos viajar”.
Según especifica el Ministerio de Transportes en su regulación, desplazarse a destinos nacionales con el DNI fuera de fecha es perfectamente legal, y lo mismo ocurre con el pasaporte. Debería bastar con enseñarlo en el preceptivo control de identidad y de documentos, al inicio del viaje.
A partir de los 14 años es obligatoria la identificación, es decir: a los menores de 14 ni siquiera se les exige que tengan DNI para poder iniciar el viaje con normalidad.
Desde el Ministerio añaden otro supuesto al momento de la identificación: el carné de conducir también sería válido para identificarnos, pues tiene vigencia dentro de nuestro territorio.
No obstante, es importante leer con atención las condiciones del viaje para saber si la compañía de tren, avión o autobús con la que viajamos permite a sus clientes iniciar el viaje con el documento de identidad caducado. Podría darse el caso de que la empresa, en su normativa de viajeros, nos prohibiera el embarque sin no tenemos el DNI vigente.
Tendríamos dos opciones en ese caso: perder el vuelo y poner la correspondiente denuncia (ganaríamos, porque la ley está de nuestra parte), negociar con la compañía para encontrar una solución o aceptar sus condiciones. Por eso es aconsejable ponerse en contacto con la empresa con la que viajamos para aclarar las dudas y tener prevista esta situación.
La cosa cambia cuando queremos desplazarnos a cualquier territorio fuera de las fronteras españolas. En ese caso, sí es necesario contar con nuestro DNI y pasaporte en regla para que se nos permita el embarque y la entrada en el país de destino.
Desde la UDEYE, de la Policía Nacional, explican que la última modificación del formato del documento nacional de identidad se ha realizado para que sea más reconocible a nivel europeo, en referencia al espacio Schengen y a los viajes dentro de la Unión Europea, en los que se nos permite identificarnos solo con el DNI para viajar. Como decíamos, es obligatorio contar con un DNI en regla, y a diferencia de los desplazamientos por el territorio nacional, no podríamos usar nuestro carné de identidad para identificarnos.
Curiosamente, ciertos países todavía admiten la identificación con un pasaporte caducado (hasta cinco años): Suecia, Alemania, Austria, Francia, Bélgica, Holanda, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Malta, Portugal y Suiza, lo que nos da una gran ventaja si queremos viajar a cualquiera de ellos.