Podemos eleva a la Comisión Europea el crematorio de la M-40 por posible vulneración de la legislación
La Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid recalcan que cumple con la normativa vigente
Los vecinos de Usera y Villaverde se manifestarán este 17 de septiembre "por unos barrios dignos y habitables"
El proyecto, autorizado por el Ayuntamiento de Madrid, se encuentra a menos de 250 metros de edificios residenciales
La eurodiputada de Podemos Isa Serra ha registrado, junto a Alianza Verde, una pregunta a la Comisión Europea para que se pronuncie sobre si el horno incinerador en el tanatorio de la M-40 vulnera la legislación al tratarse de un proyecto, autorizado por el Ayuntamiento de Madrid, que se encuentra a menos de 250 metros de edificios residenciales.
El Consistorio dirigido por José Luis Martínez-Almeida ha concedido licencia de obra a la empresa Parcesa para la construcción del crematorio "en una zona densamente poblada", subraya la formación 'morada' en su pregunta a la Comisión Europea. Desde Podemos remarcan que los crematorios emiten "óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono, dióxido de azufre y mercurio, sustancias nocivas para la salud y la atmósfera".
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La legislación europea en materia de emisiones industriales, de calidad del aire y de residuos "establecen límites a estas emisiones debido a su carácter altamente contaminante y peligroso", recuerda la eurodiputada Isa Serra. De la misma forma, la directiva sobre evaluación de impacto ambiental "exige que, antes de esta construcción, se evalúe su impacto potencial en la calidad del aire, suelo, agua y salud humana".
Unido a que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid "establece que los crematorios deben ubicarse a más de 250 metros de cualquier edificio residencial, educativo-cultural o sanitario", por lo que desde Podemos presumen que este proyecto "incumple la normativa pues a menos de esa distancia hay viviendas, parques, centros escolares, comerciales y de trabajo".
Cumple con la legislación vigente
La Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid han recalcado que la concesión de la licencia urbanística a Parcesa Parques de la Paz para construir un horno crematorio en sus instalaciones del tanatorio de la M-40, cumple con la legislación vigente y obedece a una sentencia del Tribunal Supremo que hay que cumplir.
El Ayuntamiento dio luz verde el pasado 16 de agosto a la solicitud de licencia urbanística tras la revisión de la documentación por parte de los servicios técnicos y en aplicación de una sentencia del Tribunal Supremo.
La instalación de este horno crematorio había sido previamente denegada en tres ocasiones, en 2002, en 2015 y en 2021. La última de ellas, ya con José Luis Martínez-Almeida en Cibeles, al considerar que era inviable por no respetar la distancia mínima de 250 metros respecto de otros usos exigidas en el artículo 52.3 de la Ordenanza de Protección de Medio Ambiente de Madrid.
Parcesa recurrió la decisión y el Supremo ordenó al Consistorio dictar una nueva resolución. De este modo, la licencia ahora concedida, es "por acatamiento y cumplimiento firme" de la decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Quinta) del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2021. La sentencia del Tribunal Supremo del año 2021 y así también la autorización ambiental que ha otorgado la Comunidad de Madrid".
Manifestación vecinal
Usera y Villaverde preparan una manifestación conjunta a mediados de mes, el martes 17, contra la "decisión unilateral", según han avanzado las asociaciones vecinales en sus redes sociales. Se manifestarán "por unos barrios dignos y habitables".
La licencia ha llegado "sin comunicación previa de nada", a pesar de que los crematorios suponen "una actividad nociva e insalubre", por lo que la ordenanza ya exigía una distancia mínima de 250 metros desde el foco de emisión a viviendas o lugares de permanencia habitual de personas. Fue esa la razón por la que el Ayuntamiento en 2016, gobernado por Manuela Carmena, denegó a la empresa Parcesa la licencia que solicitaba.
En 2021 el Tribunal Supremo ordenaba que el Ayuntamiento resolviera motivadamente la negativa en el punto referido a la distancia por considerarla una normativa antigua, de 1985. Sin embargo, el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida, la actualizó.
La norma en vigor recoge, como destacan las asociaciones vecinales, que los hornos crematorios deberán instalarse de tal modo que la distancia del foco de emisión no sea nunca inferior a 250 metros respecto a viviendas o lugares de permanencia habitual de personas, como industrias, oficinas, centros educativos o asistenciales, centros comerciales, instalaciones de uso sanitario o deportivo, parques...
"El crematorio incumple todo"
Por tanto, reafirman desde Usera y Villaverde, "el crematorio incumple todo" porque "a menos de esos metros se encuentran bloques de vivienda en Oligisto y Rutilo en San Fermín, un instituto y un colegio en El Espinillo, tres parques, dos centros comerciales y un centro de trabajo, además del enorme centro de educación infantil de 0-3 años construido por la Comunidad de Madrid a menos de 160 metros".
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