El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad que se celebra este viernes 22 de diciembre centro gran parte de las ilusiones de millones de españoles que sueñan con un premio. Una suerte que tiene un lado menos idílico como son los impuestos que hay que pagar si el montante de lo obtenido es muy alto y siempre surgen las mismas dudas entre los agraciados: ¿cuánto me llevo? ¿cuánto se lleva Hacienda? o, incluso, qué pasa si me toca y soy autónomo
El Sorteo Extraordinario de la Lotería Navidad 2023 va a repartir un total de 2.590 millones de euros en premios, 70 millones más que en 2022, y los agraciados con el 'Gordo' recibirán 400.000 euros al décimo. El segundo premio asciende a los 125.000 euros al décimo y el tercero es de 50.000 euros al décimo. Además, hay dos cuartos premios de 200.000 euros (20.000 euros al décimo) y ocho quintos de 60.000 euros (6.000 euros al décimo).
En concreto, por cada euro jugado, los acertantes del primer premio se llevan 20.000 euros; los del segundo, 6.250 euros; los del tercero, 2.500 euros; los de los cuartos, 1.000 euros; y los de los quintos, 300 euros.
Los premios de importe inferior o igual a 40.000 euros no están sujetos al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías, tras los nuevos límites que fijó la Ley de Presupuestos Generales del Estado del 2018, por lo que si nos toca esta cantidad o menos cobraremos el premio íntegro.
Si ganamos un premio superior a los 40.000 euros, tendremos que restar al premio ganado 40.000 euros que estarán en todo caso exentos de impuestos. A partir de esa diferencia, el 20% de esa cantidad irá directamente a Hacienda y el resto será para nosotros. Por ejemplo, si nos toca el 'Gordo' (400.000 euros), quedarán exentos de impuestos 40.000 euros, y de la diferencia (360.000 euros) se calcula el 20% que se llevará Hacienda. Así, el Estado se lleva 72.000 euros y el premiado se queda con 328.000 euros. En esta tabla puedes ver más en detalle cómo cambian estas cantidades en función de si toca un primer, segundo o tercer premio:
Además de este ingreso, vía impuestos, las arcas públicas también se llevan una parte de la venta del sorteo. Concretamente, Loterías destina a premios el 70% de lo que se venda, el 30 por ciento restante va para gastos de gestión y para el Tesoro Público.
En el caso de las los autónomos, hay que distinguir que si el profesional tributa por el IRPF, no hará falta presentar otra autoliquidación ya que Hacienda ya le ha practicado la retención correspondiente en el momento de ingresarle el premio.
Y qué pasa si el décimo es de una empresa que tributa a través del régimen de sociedades. En este caso, van a tener que incluirlo como un ingreso extraordinario en el citado impuesto tributando a tipos que dependerán del que le corresponda a la sociedad.
No hay que olvidar que si las empresas tienen pérdidas, van a poder compensarlas e incluso obtener la devolución de esa retención.
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