La Lotería de Navidad es un rito que la mayoría de la mayoría de ciudadanos practican con gusto a medida que se acerca la fecha del Sorteo Extraordinario. Es raro no comprar al menos un décimo y participar activamente en una de las tradiciones españolas más arraigadas y queridas por el conjunto de la sociedad. El próximo 22 de diciembre conoceremos por fin a los ganadores y las administraciones de las distintas comunidades que han vendido alguno de los décimos agraciados.
Obtener los 400.000 euros del Gordo afectará de diferente manera a cada persona según sea su situación. Del lado de los impuestos, el rasero es el mismo: cualquiera que obtenga un premio por encima de los 40.000 euros estará obligado a abonar los impuestos correspondientes a la Agencia Tributaria, un 20% del total.
Pero ¿qué pasa si el ganador o la ganadora disfrutan de una merecida jubilación? ¿Afecta el cobro de la lotería a la pensión? ¿Y si percibo una no contributiva?
La respuesta dejará muy tranquilos a quienes ya estén disfrutando de su jubilación y descubran que la suerte les ha sonreído. Los premios de la Lotería, independientemente de la cantidad, no afectan de ningún modo a las pensiones contributivas ni conllevan la pérdida de cantidad económica alguna. Son considerados ingresos extraordinarios. Tampoco se tendrían en cuenta a la hora de solicitar ayudas públicas que se otorguen en función del patrimonio, o a quienes perciban una prestación por desempleo.
Estas personas podrán enfrentarse a esta nueva etapa de tranquilidad financiera sabiendo que pueden disfrutar de ese aumento de su riqueza, sin contrapartida más allá de los impuestos obligatorios o la situación laboral.
El escenario es algo diferente para las personas que estén disfrutando de una pensión no contributiva. La prestación, dirigida a los ciudadanos y ciudadanas más vulnerables y aquellos que no han cotizado un número de años suficiente, requiere acreditar ingresos inferiores a una cierta cantidad o ‘carencia de rentas suficientes’.
En este caso, el premio de la lotería pasaría a considerarse automáticamente un aumento de rentas, y por tanto deberá ser comunicado sin demora al IMSERSO, el organismo encargado de tramitar y conceder estas pensiones que complementan la falta de ingresos y de tiempo de cotización. Será dicha entidad la que recalcule el importe de la pensión a percibir una vez reciba toda la información sobre el premio, la cantidad económica obtenida y otras variables aplicables. Una vez estudiado el caso, decidirá si la persona que ha ganado el premio puede seguir acreditando la falta de rentas necesaria para el cobro de su prestación no contributiva.