Ganar un premio en la Lotería de Navidad es una suerte que no todo el mundo puede disfrutar. Un dinero extra que llega a nuestras manos sin tener que hacer apenas esfuerzos, pero que en ocasiones viene acompañado de cierta preocupación, como sucede en el caso de estar cobrando el paro.
Tanto si el premio es pequeño como si este es el máximo que se entrega en el Teatro Real de Madrid el 22 de diciembre, ganar la lotería no afecta a la prestación contributiva por desempleo, lo que comúnmente llamamos ‘paro’.
Este es un ingreso extraordinario que se realiza de manera puntual, por lo que no afectaría a esta prestación mensual que en ocasiones resulta vital para muchas familias. En esta prestación no influyen las rentas ni los ingresos extraordinarios, para recibirla solo es necesario haber cotizado durante al menos un año. Eso sí, no conviene olvidar que, en función del premio recibido, Hacienda se quedará con la parte estipulada.
Mientras que ganar un premio de la lotería no es motivo para perder el paro, sí que hay otras prestaciones sociales que se ven afectadas por este premio. Es diferente la situación de quien recibe un subsidio por desempleo o ayuda de carácter extraordinario.
Para acceder a este tipo de subsidios suele ser necesario cumplir con ciertos requisitos, que en caso de ganar un premio de cierta cuantía puede variar las condiciones de quien lo recibe. En este caso, por ejemplo, cuando el premio ganado es superior a 750 euros, se podría denegar el cobro del subsidio extraordinario por desempleo, aunque esto no sería una situación permanente y solo afectaría al mes en el que se ha ganado el premio. Sería una pérdida de prestación temporal.
Podría suceder algo parecido con el Ingreso Mínimo Vital, porque si bien es compatible con otras ayudas y rentas, los ingresos no pueden superar el límite de rentas y patrimonio que establece la Seguridad Social. Así, el mes en el que se cobrara el premio de la lotería, se perdería la prestación, que volvería a cobrarse con normalidad en el futuro.
Es importante saber que, la persona que ha ganado este premio y recibe el ingreso, tiene que notificarlo a la Seguridad Social en el plazo de 30 días desde que lo ingresó en su cuenta bancaria, para que la administración pueda proceder a saltarse el pago correspondiente.
En caso de no notificarlo en los plazos establecidos o no hacerlo en absoluto, la Tesorería General de la Seguridad Social podría proceder a sancionar al beneficiario. El pago del IMV sería un cobro indebido y quien lo recibe podría verse en la obligación de tener que devolver el dinero íntegro de la prestación.
No siempre nos encontramos con estas situaciones, pero no hay duda de que lo mejor es estar bien informado, tanto para nuestra tranquilidad como para evitar cometer errores que puedan afectarnos en el futuro y convertir nuestra buena suerte en la peor de ellas.