La Audiencia Nacional ha acordado indemnizar con 15.000 euros a un hombre que pasó 20 meses encarcelado en un centro penitenciario de Lugo porque su privación de libertad se produjo “sin pruebas válidas que justificaran su encarcelamiento”.
El demandante, que reclamaba inicialmente una indemnización de 192.160,53 euros, recibirá la compensación (aunque sustancialmente inferior) en concepto de responsabilidad patrimonial del Estado, según la sentencia emitida por la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del alto tribunal.
El hombre ingresó en prisión provisional el 23 de diciembre de 2014 por orden de un Juzgado de Lugo, al haberle incautado cuatro kilos de heroína en su vehículo e interceptado conversaciones en escuchas telefónicas que, presuntamente, lo relacionaban con una red de tráfico de estupefacientes, aunque más adelante serían puestas en entredicho.
Con el tiempo, según recoge La Voz de Galicia, se evidenció que las pruebas aportadas para su condena “no cumplían con los requisitos legales para ser utilizadas en un juicio” y además, los testigos no fueron localizados para ratificar lo que se decía en las escuchas por lo que la justicia se vio en la obligación de cerrar el caso, y posteriormente el Ministerio Público, al no poder sostener la acusación con pruebas válidas, solicitó el sobreseimiento provisional del proceso en el 2021.
En la sentencia, el tribunal reconoce que la medida cautelar de prisión “resultó ser indebida”, en tanto que no se logró acreditar la existencia de un delito imputable al demandante, reza la cabecera.
La indemnización responde, según la sentencia, al “daño moral y la afectación psicológica derivada del encarcelamiento”, pero excluye conceptos adicionales que reclamaba el demandante tales como el fallecimiento de sus padres durante su estancia en el penal.
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