Un vecino de la localidad pontevedresa de Redondela ha evitado ser detenido por un delito de violencia de género al mostrarle a la Policía Nacional su DNI, recientemente modificado por un cambio de sexo registral, por lo que los agentes llevaron a cabo su arresto pero por un delito de violencia doméstica, el mismo que llevó a detener a su compañera sentimental, al presentar, ambos, lesiones tras una discusión.
Según fuentes de la Policía Nacional, los agentes acudieron a una llamada al 091 de una mujer que “supuestamente estaba siendo víctima de violencia de género”. Los agentes comprobaron, al llegar al lugar, que “se habían agredido ambos”, por lo que se tramitaron las diligencias oportunas.
“Ahora soy mujer” ha dicho el denunciado a los efectivos de la comisaría de Vigo-Redondela en el momento de su arresto, mostrando su documento nacional de identidad.
Así lo asegura la prensa gallega, que añade que no es el primer caso que se encuentran los agentes de dicho distrito donde aseguran que “hubo al menos otro más, el de un hombre que lo hizo con posterioridad a su detención, cuando ya estaba investigado judicialmente y controlado con pulsera telemática”.
Al parecer, en ambos casos, los presuntos maltratadores modificaron su género en base a la ley 4/2023, la conocida como “ley trans”.
El investigado en Redondela no modificó su nombre ni su apariencia exterior, pero dado que en su documentación personal constaba efectivamente que su género es femenino, “no se le pudo detener como presunto autor de violencia de género” ya que se exige que el agresor sea un hombre.
Sí se detuvo por violencia doméstica, el mismo delito por el que fue detenida su compañera sentimental.
El caso, que no es excepcional ya que otros presuntos maltratadores la han llevado a la práctica para eludir la justicia, no vulnera la legislación y según la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, la ‘ley trans’, recoge en su artículo 43.1 que “toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral relativa al sexo”, sin que sea necesario para ello “la exhibición de informe médico o psicológico” ni “la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole”.
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