Condenan a 11 años de cárcel a un hombre que abusó sexualmente de la hija de su prima de nueve años

La Audiencia Provincial de Orense ha condenado a 11 años y medio de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a la hija de su prima desde que tenía nueve años. Con trece, la violó después de golpearla y amenazarla con una navaja. Los magistrados le han impuesto 12 años y medio de libertad vigilada y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros del domicilio o lugar en el que se encuentre la víctima y comunicarse con ella. En cuanto a la responsabilidad civil, deberá abonarle a la perjudicada 25.000 euros por daño moral.

El tribunal considera que, entre los años 2009 y 2013, cuando la menor tenía entre 9 y trece años, el condenado “la acompañaba a su habitación con el pretexto de jugar a la consola” y allí “le formulaba preguntas de contenido sexual y le tocaba las nalgas y partes íntimas”. Para la Sala, resulta “evidente” que en este caso hay una situación de prevalimiento, ya que el acusado era primo de la madre de la joven, por lo que “el contacto era muy cercano”. El 80% de los abusos a menores suceden por parte de familiares o conocidos de las víctimas.

Los hechos ocurrían en casa del acusado

"Nuestra convicción al respecto se funda en el testimonio de la víctima claro, reiterado y digno de crédito para la Sala, quien en todo momento, desde el momento de la denuncia inicial hasta el plenario, ha relatado de forma prácticamente monocorde el reiterado ataque sexual que sufrió, relato verosímil y creíble y que aparece corroborado por las pruebas pericial y testifical practicadas”, destaca el tribunal.

Los magistrados resaltan que existe “una diferencia de edad evidente (en el momento de los hechos el acusado tenía 28 años y la víctima 13), sin olvidar que los abusos previos a la agresión sexual ocurrían siempre en la vivienda del acusado, lugar en el que él, además de por la edad y por superioridad madurativa, podía tener un mayor dominio de la situación y la menor sentirse más desprotegida, por lo que el desequilibrio entre el sujeto activo de los hechos y la víctima es evidente". El fallo sigue sin ser firme, ya que contra él cabe presentar recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del TSXG.

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