Cuando el guipuzcoano Isidro Sanabria se separó de su mujer no imaginaba que terminarían ante la justicia para determinar quién de los dos debía de hacerse cargo de los dos perros del entonces matrimonio, pero así fue.
En un primer momento, un juzgado de Tolosa determinó que la custodia debía ser compartida, pero su exmujer, que solicitaba el cuidado exclusivo, se negó. Así que recurrió la sentencia. Ahora la justicia, por segunda vez, da la razón a este vecino de Villabona (Gipuzkoa) que lleva año y medio sin ver a sus mascotas.
A partir de ahora, sus perros ‘León’ y ‘Lola’ podrán estar con él. Su abogado, Yosu Agote, "tal y como viene siendo habitual en las compartidas" solicitará que las mascotas estén con Isidro por semanas alternas, de domingo a domingo.
Este fallo judicial es pionero ya que los canes estaban registrados solo a nombre de su ex, que le impidió verlos tras el divorcio.
Isidro no ha olvidado la fecha: 11 de junio de 2022. Aquel fue el último día que vio a ‘Lola’ de 12 años y ‘León’ de siete. Con lágrimas en los ojos admite que los echa de menos y que está deseando verlos, aunque no quiere confiarse. “Es verdad que el tema judicial ha ido bien pero la otra parte no está por la labor y aún lo veo complicado”, admite.
Aunque aún incrédulo, este guipuzcoano tiene claro que lo primero que hará cuando los tenga con él será “ir a ver a mis sobrinas” y después “llevarlos al monte porque les encanta y sé a ciencia cierta que ahora no lo hacen”. Además, ya piensa en hacerles una revisión en el veterinario y a 'León' "llevarlo a que le limpien los dientes porque la última vez no se los vi bien".
En su sentencia, la Audiencia de Gipuzkoa considera que no es un obstáculo para el cuidado compartido de las mascotas que solo la mujer sea la propietaria de los animales, cuando ambos “están interesados en ejercer dicho cuidado” tal y como lo hicieron mientras duró el matrimonio.
Los animales domésticos son considerados miembros de la familia, por lo que pueden ser incluidos en el convenio regulador en los casos de separación. Así, en caso de ruptura se determina quién se queda con ellos o el régimen de visitas. El régimen jurídico de custodia de las mascotas es similar al que regula la custodia de los hijos. Lo idóneo es que esta decisión se tome de común acuerdo entre la pareja pero de no ser así, la justicia determinará el tipo de custodia.
En este caso, la justicia guipuzcoana no solo da de nuevo la razón a Isidro sino que además, su expareja deberá pagar las costas del juicio, aunque aún podrá interponer un nuevo recurso ante el Tribunal Supremo.