El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, TSJA, ha dictado un Auto en la rechaza el toque de queda solicitado por el Gobierno del Principado para los ocho municipios asturianos que se encuentran en situación de 4 plus.
En su resolución, el TSJA, de acuerdo con el informe del Ministerio Fiscal deniega dicha autorización para adoptar la medida de limitación de la libertad de circulación en franja de horario nocturna contenida en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, pero sí concede la autorización de la medida de permanencia de grupos de personas en espacios de uso público sin exceder de 10 personas, salvo que se trate de personas convivientes, en franjas de horario nocturno.
Esta medida será de aplicación en los concejos en situación de 4 plus de acuerdo a la incidencia del virus, como son Carreño, Gijón, Gozón, Laviana, Mieres, Oviedo, Siero y Villaviciosa.
Se establece que la Administración deberá comunicar a esta Sala de lo Contencioso Administrativo cualquier incidencia que afecte a la ejecución de la medida ratificada o que determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas, al igual que deberá solicitar la
ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.
El presidente del Principado, Adrián Barbón, defendía este viernes que en Asturias se han tomado siempre las medidas en base al criterio de los epidemiólogos, ya que "si alguien sabe más del virus son ellos". Ha recordado que estos expertos, ha dicho, "han creído que esta medida --el toque de queda-- era buena", por lo que el Ejecutivo tenía claro que tenía que plantearla.
La Junta de Andalucía aplica desde la madrugada de este sábado, 31 de julio, y durante al menos siete días, la limitación de la libertad de circulación de las personas en vías y espacios públicos entre las 2,00 y las 7,00 horas de la mañana en los municipios de Montoro (Córdoba), Estepona y Marbella (Málaga) por su elevada tasa de incidencia de contagios de Covid-19, y tras haber logrado el aval del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a dicha medida.
Así se recoge en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicada este viernes, 30 de julio, y consultada por Europa Press, que recoge sendas resoluciones de las delegaciones territoriales de Salud y Familias de las provincias de Córdoba y Málaga.
De este modo, la resolución de 30 de julio de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Málaga, da publicidad a la de 28 de julio de 2021, de la misma instancia, por la que se aplica la medida de limitación de la libertad de circulación de las personas en los municipios malagueños de Estepona y Marbella, "ratificada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla con sede en Málaga".