La Dirección General de Tráfico (DGT) ha explicado las normas que ya existían para adelantar a los ciclistas en carretera carretera y ha aclarado que, de forma excepcional, está permitido invadir el carril contrario durante la maniobra.
El reglamento de circulación en España establece que, de manera general, no está permitido llevar a cabo un adelantamiento en zonas en las que la seguridad no está garantizada como, por ejemplo, curvas, cambios de rasante o intersecciones. Sin embargo, hay ocasiones en las que existen excepciones a la norma general para que el tráfico pueda ser más fluido.
La circulación de ciclistas por carreteras de montaña así como en zonas en las que la posibilidad de adelantar se complica, es habitual que se generen tapones que ralenticen la conducción.
Para que todos puedan hacer uso del asfalto de una forma segura, la DGT ha querido aclarar que siempre es obligatorio dejar un metro y medio de distancia entre el coche y el ciclista cuando se produce el adelantamiento. Para que esto sea posible, en muchas ocasiones se hace necesario invadir el carril contrario incluso en aquellas zonas en las que esto no está permitido. No obstante, tráfico asegura que para ello los conductores deben asegurarse de que existen buenas condiciones de visibilidad y de que no existe riesgo ni para el ciclista ni para el resto de conductores que puedan estar circulando por la vía.