Mascarillas en las playas y piscinas: ¿Cuándo es obligatorio llevarlas?
La mascarilla es obligatoria cuando paseamos por la playa
Noes obligatoria cuando nos bañamos, jugamos a las palas o tomamos el sol
La medida sobre las mascarilla se aplica tanto a las playas como a las piscinas
El debate sobre la continuidad del uso de las mascarillas coge fuerza en España. Comunidades autónomas como Cataluña o Castilla-La Mancha ya hablan abiertamente de relajar su uso en espacios abiertos y con distancia e seguridad. Uno de estos lugares son las playas en las que los cambios de opinión del Gobierno dejan a los ciudadanos con muchas dudas y expuestos a sanciones. Pero dónde y cuándo es obligatorio llevar las mascarillas en playas y piscinas.
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Básicamente, el acuerdo entre el Ejecutivo central y los gobiernos autonómicos fija que el uso de la mascarilla obligatoria en las playas cuando se esté paseando o en situaciones en que no haya distancia de seguridad, mientras que se excluye durante el baño, la práctica de deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, tanto en el mar como en piscinas y otros espacios acuáticos.
Esta decisión “modula” la obligatoriedad del uso de la mascarilla que contempla la ley de nueva normalidad incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros en el exterior, como en la playa u otros entornos al aire libre.
Así se equipara al ejercicio de deporte individual las actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual.
Actividades incompatibles con el uso de la mascarilla:
- El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.
- La práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.
- Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.
- Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
En cambio, propone el uso obligatorio de la mascarilla:
- El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.
- El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.
- El uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.
- La permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.
Rebelión en las comunidades autónomas
Desde la pasada semana santa, algunas regiones anunciaron que no aplicaránnoaplicarán la ley que obliga a usar la mascarilla en las playas, como fue el caso de Cataluña que se negó a multar a los bañistas.
Esta actitud de protesta ante una medida que nadie ha entendido está pesando más en aquellas regiones costeras y en las que el peso del turismo es mayoritario en su economía.