La Audiencia Nacional ha condenado al ex tesorero general del PP Luis Bárcenas a 2 años de cárcel por pagar en 'b' más de un millón de euros de las obras de reforma la sede 'popular' de Génova, al tiempo que ha condenado al Partido Popular como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el impuesto de Sociedades de Unifica de 2007.
El juicio comenzó el pasado 8 de febrero --casi seis años después de que se acordara la apertura de juicio oral-- y su calendario se vio alterado al principio tras el positivo en covid-19 de uno de los acusados, el exgerente del PP Cristóbal Páez. La clave principal de la vista oral han sido los 'papeles de Bárcenas', donde el extesorero 'popular' apuntó durante casi 20 años los movimientos de la supuesta caja 'b'.
Justo antes del inicio del juicio, Bárcenas, que tuvo que buscar un nuevo abogado, cambió su estrategia de defensa y decidió colaborar con la Justicia en ésta y en todas las causas que tuvieran que ver con la presunta financiación irregular del PP. Por ello, mandó un escrito a la Fiscalía Anticorrupción en el que 'confesaba' que la formación política tenía una contabilidad paralela que se nutría de donaciones de empresarios a cambio de adjudicaciones pública --algo que en el juicio por la primera época de la trama Gürtel negó y que se sigue investigando en la Audiencia Nacional--.
La Sala de lo Penal, en una sentencia de 454 páginas dictada este mismo jueves, ha condenado a Bárcenas por abonar a Unifica, el estudio de arquitectura que se ocupó de la reforma del cuartel general de los 'populares', un total de 1.072.000 euros, "al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la Hacienda Pública".
Le condena, en concreto, por un delito continuado de falsedad contable, en concurso con un delito contra la Hacienda Pública por el Impuesto de Sociedades de 2007 de Unifica, en concurso a su vez con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.
Por ello, además de los 2 años de prisión, le impone una inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, el pago de una multa de 1,2 millones de euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante 2 años y 6 meses.
No obstante, le aplica la atenuante de confesión, al haber quedado acreditada su "colaboración real, activa y eficaz" para el esclarecimiento de los hechos y sus autores, si bien subraya que fueron los registros practicados en las sedes del PP y de Unifica los que aportaron los datos decisivos para la investigación; así como la circunstancia atenuante de reparación del daño.
Además, el tribunal considera que procede la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de las personas jurídicas, en este caso, del PP y Unifica, por los delitos cometidos por sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios. Así, establece que, por la cuota defraudada en el Impuesto de Sociedades de 2007 por importe de 870.521,32 euros deben indemnizar de forma conjunta a la Hacienda Pública Gonzalo Urquijo y Belén García y, de modo subsidiario Unifica y Bárcenas, pero limitada a la parte de cuota procedente de los pagos en 'b' que fueron ingresos no declarados (380.520 euros de las obras de las plantas 2ª y 5ª), calculada en 123.669 euros, "y, de modo subsidiario, el Partido Popular al haberlos cometido como gerente de dicha formación política".
Los magistrados indican que no consta que el PP, a través de sus órganos directivos (comité ejecutivo) ejerciera un control adecuado sobre la gestión de Bárcenas cuando ocurrieron los hechos, sino que las medidas adoptadas por el partido en este sentido --tanto respecto de aquel, como de auditoría interna y promoción de iniciativas legislativas relativas a la financiación de partidos políticos--, fueron 'a posteriori'.
Al mismo tiempo, la Audiencia Nacional absuelve a Bárcenas de los delitos electoral, de organización criminal, asociación ilícita, apropiación indebida, tráfico de influencias, falsedad documental, blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública por el IS del PP de 2008 y el IS de Unifica de 2006 de los que también estaba acusado. Absuelve también al Partido Popular de la responsabilidad civil subsidiaria por el importe de la cuota defraudada en el Impuesto de Sociedades de 2008 de la formación política.
El tribunal acepta en las cuestiones previas resueltas en la sentencia la falta de legitimación de las acusaciones populares para sostener en solitario la acusación contra el PP como responsable civil subsidiario por un delito contra la Hacienda Pública en relación al IS de 2008. Aunque aclara que, de no haber existido ese óbice procesal, de la valoración de la prueba practicada en el juicio oral, fundamentalmente la documental, así como las declaraciones de los funcionarios de la Agencia Tributaria, "no puede considerarse acreditada la comisión de dicho delito fiscal".
La Sala explica que el destino de las donaciones ha sido, conforme a lo acreditado, el traspaso a la cuenta de donativos oficial, desde donde se atendían gastos de funcionamiento del PP, y al pago de parte de las obras de Génova, es decir, al objeto y finalidad del partido, por lo que han de ser consideradas rentas exentas de declaración en el IS de 2008.
En cuanto a los demás acusados, el tribunal condena a Urquijo y García a 2 años y 9 meses de prisión y una multa de 2,6 millones de euros por un delito contra la Hacienda Pública relativo al IS de 2007 de Unifica, en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil, librándoles de los otros delitos imputados. Y, por otro lado, la AN ha decidido absolver a los otros dos acusados en este caso, el que fuera gerente del PP Cristóbal Páez y la empleada de Unifica Laura Montero.
La Sala establece que cuando Bárcenas fue gerente del PP (1990-2008) gestionó el dinero en metálico que se daba al partido como donaciones privadas "a través de una contabilidad paralela --contabilidad 'b'-- de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas". Detalla que el control de los ingresos procedentes de las donaciones, así como de los gastos, lo llevaba Bárcenas en unas hojas que cumplimentaba con anotaciones manuscritas y después en hojas de Excel, que es a lo que forman sus famosos 'papeles'.
Precisa que estos 'papeles' no contenían un registro sistemático de entradas y salidas y adolecían de diversos errores de saldo, así como saldos negativos, si bien reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada, como traspasos a cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a personas vinculadas al PP o los pagos por las obras de Génova. El fallo explica que en 2005 el PP decidió acometer la remodelación de su sede central, que se prolongó en 2010 extendiéndose a varias plantas. Para ello, contrató a Unifica, pero la gestión interna la asumió Bárcenas.
La dinámica consistió, según describe el tribunal, en que se emitían uno o varios presupuestos para las obras de cada planta y, una vez terminadas, se emitía la certificación final cuyo importe constituía la base imponible de la factura. Sin embargo, de forma paralela, Bárcenas y Urquijo convinieron que "una parte de los pagos correspondientes a dichas obras serían abonados con los fondos 'b' que aquel gestionaba, pactándose la aplicación de un descuento por parte de Unifica de entre un 7% y un 8% del importe de los trabajos abonados con tales fondos, con el consiguiente ahorro tanto para el PP como para Unifica en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales".
De este modo, en la contabilidad oficial del PP remitida al Tribunal de Cuentas figuraron únicamente las cantidades correspondientes a las facturas emitidas por Unifica desde el año 2005 a 2011. "Ocultándose, por el contrario, (...), la totalidad de los pagos no facturados efectuados por las diversas obras de remodelación al margen de la facturación y contabilización oficial y con fondos en metálico que fueron satisfechos" a Unifica, recalca.
La Sala relata que, para pagar y cobrar las cantidades pactadas en 'b' y dejar constancia documental del valor real de ejecución de las obras para su control interno --por el PP y Unifica--, el estudio de arquitectura elaboró certificaciones, facturas y recibís donde se omitieron o hicieron constar datos que no se correspondían con la realidad. "El importe total de las cantidades abonadas por el acusado señor Bárcenas a Unifica por las obras efectuadas en la sede central del PP, al margen de la facturación y la contabilización oficial, y no declarados a la Hacienda Pública, ascendieron a 1.072.000 euros", concluye la Audiencia Nacional.