La nueva ley contra las violencias sexuales, que acaba con la distinción entre abuso y agresión sexual, castigará con entre 1 y 4 años de cárcel los delitos contra la libertad sexual de las personas sin su consentimiento expreso, unas penas que irán subiendo en función del tipo de delitos -por ejemplo la violación- y de la existencia de agravantes.
Así se recoge en el anteproyecto de ley integral por la protección de la libertad sexual y contra las violencias sexuales, que la ministra de Igualdad, Irene Montero,aprobada este martes en el Consejo de Ministros, y que ha provocado los primeros roces en el Gobierno de coalición de PSOE y Podemos.
"Todos los días vemos cómo se niega la existencia misma de la violencia de género y se menosprecia colectivos que combaten esta lacra", ha señalado la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, tras anunciar la aprobación del anteproyecto, en vísperas de la celebración del 8M, Día Internacional de la Mujer.
El anteproyecto asume el conocido 'solo sí es sí', una reivindicación que se evidenció tras la polémica primera sentencia del caso de La Manada, que condenó a los cinco acusados por un delito de abuso por una violación múltiple de una joven durante los Sanfermines de 2016 --si bien posteriormente el Tribunal Supremo elevó las penas al sentenciar que fue una violación--.
La propuesta pone en el centro de los delitos sexuales el consentimiento expreso de la víctima para que no sea necesaria la existencia de violencia o intimidación para que sea considerado una agresión.
De acuerdo a la propuesta de Igualdad, se castigará con la pena de prisión de 1 a 4 años cualquier comportamiento sexual "que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento", e incluye como delito leve el denominado 'acoso callejero'. Las condenas por violaciones irán desde los 4 a los 10 años, aunque se podrán elevar a 12 si concurre una circunstancia agravante y a 15 si concurren dos o más.
Desde Igualdad apuntan que se añaden "mejoras" en otros delitos contemplados en el Convenio de Estambul, como es el caso del delito de acoso sexual, con penas de 3 a 7 meses o multa, de 6 a 12 meses, y máximo 24 en los casos más graves. También se incluye como delito leve el conocido como acoso callejero, con pena de localización permanente y trabajados comunitarios hasta un mes, o bien, multa.
La propuesta del Gobierno va a recibir este martes un primer refrendo, si bien su aprobación definitiva tardará previsiblemente "meses", según señalan fuentes de Igualdad. El anteproyecto ahora debe remitirse a los órganos consultivos para su evaluación y, posteriormente, la norma deberá volver a ser aprobada como proyecto de Ley en Consejo de Ministros y llegar al Congreso para su tramitación parlamentaria.
La premura con la que Igualdad quería aprobar este proyecto, en la semana del 8-M para dotarlo de un mayor simbolismo, ha chocado con las reticencias de los ministros del PSOE que veían la necesidad de pulir algunos detalles del texto que afectaban a los juzgados especializados, para garantizar que no invadía competencias de las comunidades autónomas y que tenía en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo. No les faltan a las mujeres razones para tomar la calle.
Hasta última hora de ayer no se cerró el texto que aborda el Consejo de Ministros, y que ha contado con la contribución de otros departamentos del Gobierno. Fuentes del Ministerio de Justicia reconocían que expertos y penalistas estaban realizando las últimas aportaciones para "mejorar" el proyecto, en lo que califican como "un procedimiento habitual" para "lograr el mejor texto posible".
Finalmente, superadas las discrepancias aparentemente, el texto -al que ha tenido acceso EFE- conlleva una modificación del Código Penal con la creación de nuevos delitos y, sobre todo, acaba con la distinción entre abuso y violación al convertir en el eje central del proyecto la figura del consentimiento, como reclama el Convenio de Estambul, para que quede claro que "solo sí es sí". Una llamada que ya se ha convertido en el nombre por el que es conocida la ley.
El anteproyecto debe pasar aún por la fase de informes y después tramitarse en el Congreso, donde también podría sufrir cambios, pero ya se conoce que modifica el artículo 178 del Código Penal para establecer que será "castigado con la pena de prisión de 1 a 4 años como reo de agresión sexual el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento".
El mismo artículo precisa que "se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores concluyentes e inequívocos, conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad de participar en el acto". Asimismo, define como actos de agresión sexual aquellos que "se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, o actuando de manera sorpresiva".
También los que "se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada su voluntad por cualquier causa".
Los castigos de uno a cuatro años para estos delitos corresponden al tipo penal básico para los delitos de carácter sexual, han indicado fuentes de Igualdad, y habrá tipos concretos que serán penados de manera diferente -entre ellos, la violación- y también agravantes que incrementarán esas cuantías.
El objeto de la ley, según se recoge en el anteproyecto, es la protección integral del derecho a la libertad sexual de todas las personas mediante la prevención y la erradicación de todas las violencias sexuales, que afectan a las mujeres de manera desproporcionada, como manifestación de la discriminación, la situaciones de desigualdad y las relaciones de poder de género.
La adaptación del Código Penal al Convenio de Estambul para que el consentimiento sea la clave para determinar una violación y no dependa de la intimidación y la violencia es el aspecto más conocido de la ley, pero esta legislación aspira a ser integral e incluye un enfoque amplio contra la violencia sexual.
El objetivo es, en palabras de Irene Montero, "ampliar el foco" con un "marco normativo integral que reconozca como formas de violencias machistas todas las conductas que impliquen la vulneración en cualquier forma del derecho a decidir acerca de la vida sexual".
Agresiones sexuales, acoso sexual, acecho, extorsión y engaño pederasta- también cuando se lleven a cabo mediante tecnologías de la información y la comunicación- o infección intencionada de enfermedades de transmisión sexual son algunas de ellas.
La ley también conllevará la creación de una red de servicios de información y asistencia integral especializada, con "centros de crisis" que atiendan a las víctimas de delitos sexuales las 24 horas del día. Y la sensibilización y la prevención serán pilares básicos de su funcionamiento.