La ley de bienestar animal multará con hasta 100.000 euros la cría desmedida de perros
La nueva Ley de Protección Animal pondrá límite a las camadas y prohibe la cría entre particulares
La ley pone fina a los circos con animales y a las peleas de gallos
Los particulares no podrán tener más de cinco animales en su hogar, lo que incluye a los perros de caza
El nuevo reglamento sancionador que se incluye en el anteproyecto de la nueva Ley de Bienestar Animal contempla multas de hasta 100.000 euros para la crianza sin límites de animales de compañía, como los perros, y para los circos con especies salvajes en sus espectáculos, para la cría de animales exóticos o la de los visones americanos en granjas. La infracción más grave, que puede llegar a los 600.00 euros, se aplicará a las peleas de gallos.
La normativa, que busca conseguir el "sacrificio y abandono cero" de los animales, fija que los particulares no podrán tener más de cinco animales en su hogar, lo que incluye a los perros de caza. Es precisamente el impacto de la normativa en la caza el factor que aún distancia a los socios de Gobierno para llevar el proyecto de ley al Consejo de ministros. El titular de Agricultura, Luis Planas, ha defendido la actividad cinegética como una actividad económica constructiva y un deporte.
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La nueva ley de Bienestar animal pone límite a las camadas
La crianza por particulares o por profesionales sin control, tal y como explican desde el Ministerio de Derechos Sociales, es uno de los "mayores problemas de sobrepoblación, maltrato y abandono" que enfrentará la futura normativa. Para evitar los "cientos de casos" al año de intervenciones de centros de cría, donde perras paren "sin descanso" incluso hasta morir o llegan a desarrollar enfermedades y deformidades, el Ministerio fija un límite de camadas en la vida de cada hembra que se determinará según la especie, así como la obligación de registrarse como criador y dar cuenta del grupo de animales nacidos para controlar su trazabilidad.
A su vez, la cría entre particulares quedará prohibida para evitar que miles de ejemplares terminen abandonados posteriormente. También se regulan las importaciones de animales con los mismos requisitos establecidos para los criadores nacionales, cerrando así la puerta a la entrada desmedida de cachorros desde el exterior, como ocurre en la actualidad con criadores en países del este de Europa.
Igual sanción acaparará la cría de animales exóticos al suponer un posible riesgo para el medio ambiente y la seguridad pública, pues hay especies invasoras e incluso animales venenosos, como pueden ser serpientes o tarántulas.
Se pone fin a las peleas de gallos
La ley quiere poner fin a las peleas de gallos, que aún están permitidas bajo ciertas condiciones en Canarias y Andalucía (bajo la denominación de 'riñas'), y su práctica se considera una infracción muy grave, merecedora de unas sanción que oscila entre los 100.001 a los 600.000 euros. De esta forma, la futura ley busca erradicar la cría de determinadas razas que recurren a peleas para seleccionar a los ejemplares, que en ocasiones acaban con mutilaciones de crestas y espolones.
Otra infracción grave será la cría de visones americanos para obtener sus pieles, con multas desde 30.001 a 100.000 euros, al considerar que las condiciones de enjaulamiento no cumplen el mínimo requisito de bienestar animal. A ello se suma su consideración de especie catalogada como invasora, lo que entraña también un riesgo para el medio ambiente autóctono al poner "en jaque" a otras razas, como el visón europeo.
De esta forma, se sigue la senda de prohibición que están aplicando otros países europeos, no solo por su situación de "evidente maltrato" sino por ser un animal capaz de contagiar el covid19 a los humanos, circunstancias que motivó el sacrificio de miles de ejemplares al comienzo de la pandemia.
Prohibición total a los circos con animales
Los espectáculos de circo con animales salvajes también entrañarán, según el proyecto de ley, sanciones graves que pueden alcanzar hasta los 100.000 euros- Una práctica que ya está prohibida, de facto, en muchas autonomías.
Desde el Ministerio justifican que no puede haber bienestar animal para ejemplares que no pueden tener garantizadas sus "necesidades etológicas" (el despliegue de su conducta dentro del medio natural de origen).
El Ministerio destaca que las asociaciones de veterinarios y biólogos establecen que "retener y emplear animales salvajes en actividades antinaturales, con entrenamientos a base de castigos, suponen un evidente ejemplo de maltrato animal".