El Ministerio de Justicia planteará una revisión de los delitos relacionados con excesos en el ejercicio de la libertad de expresión de tal manera que los cometidos en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales, no tengan un castigo penal.
El Gobierno ha informado de que llevará adelante esta propuesta después de que la Audiencia Nacional haya ordenado el ingreso en prisión del rapero Pablo Hasel para cumplir una condena de nueve meses de prisión por enaltecimiento de terrorismo e injurias a la monarquía.
Según ha informado La Moncloa, el objetivo es que sólo se castiguen conductas que supongan claramente la creación de un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta, con penas disuasorias, pero no privativas de libertad.
En su propuesta, Justicia, considerará que aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales, debieran permanecer al margen del castigo penal. Una decisión que adopta el Gobierno al entender que el derecho penal ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es proporcionada para responder a determinados comportamientos.
En concreto a los comportamientos que, aún pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión tal y como han declarado el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Unión Europea y la mayor parte de la doctrina española.
Hasel fue condenado en 2014 a dos años de cárcel por enaltecer en sus canciones el terrorismo de ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda, pero la Audiencia decidió en septiembre de 2019 dejar en suspenso su ejecución durante tres años.
En 2018 volvió a ser juzgado por el mismo delito y otro de injurias a la monarquía y a las fuerzas de seguridad. Aunque en un principio se le condenó a dos de años de prisión, la Audiencia rebajó la pena a nueve meses de cárcel, que el pasado junio ratificó el Tribunal Supremo.