El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la modificación del decreto por el que se pone fin a la obligatoriedad del uso de las mascarillas en interiores en España a partir de este miércoles, 20 de abril, excepto en algunos ámbitos. Estas excepciones han sembrado la duda en algunos ciudadanos sobre el uso de la mascarilla en lugares como supermercados o bares y restaurantes.
La mascarilla ya no será obligatoria en espacios cerrados como los bares y restaurantes. En cualquier caso, y pese a que ya no será obligatoria, sí estará recomendado su uso en espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los comercios (centros comerciales, supermercados o pequeño comercio); espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber (cines, teatros, salas de conciertos y museos) y en espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo (bares, restaurantes y locales de ocio nocturno).
La decisión de acabar con las mascarillas ha sido posible porque la situación de la pandemia así lo permite: a la "altísima cobertura vacunal" del 92 % en mayores de 12 años se suman unos indicadores a la baja y una disminución de la gravedad de la enfermedad, ha explicado en rueda de prensa la ministra de Sanidad Carolina Darias.
Con la entrada en vigor de este decreto, la mascarilla en los gimnasios deja de ser obligatoria desde este miércoles. Sin embargo, las autoridades sanitarias recomiendan a las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por coronavirus que se mantenga el uso de mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.