El Consejo de Ministros aprobó este pasado martes el Real Decreto-ley que regula las condiciones laborales de los repartidores a domicilio por parte de las plataformas digitales, la conocida como Ley de 'riders', por la que se obligará a contratar a estos trabajadores como asalariados en un plazo máximo de tres meses a partir de hoy.
La norma es fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats o Deliveroo (que han criticado la medida).
La ley, por un lado, reconoce el derecho del comité de empresa a ser informado por la compañía de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.
Por otro lado, introduce una nueva disposición adicional en el Estatuto de los Trabajadores sobre la presunción de laboralidad de las actividades de reparto o distribución de cualquier tipo de producto o mercancía, cuando la empresa ejerce sus facultades de organización, dirección y control, mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital.
Las empresas de reparto de comida a domicilio llevan varios años en España y han hecho surgir un nuevo tipo de trabajador, conocido como 'rider'. Una actividad que aporta unos 700 millones de euros al PIB anual y que obligaba a sus repartidores a ser trabajadores autónomos y no asalariados, a pesar de hacerles trabajar con una aplicación propia que les encargaba los pedidos, poniéndoles en contacto con establecimientos de comida y clientes finales. Ahora se ha reconocido que esta relación entre trabajador y app es una relación laboral.
Las condiciones laborales de estos trabajadores han sido pésimas hasta el momento, tanto que no es raro encontrarlos con sus grandes contenedores de comida a la espalda, bici en mano, esperando en las llamadas 'colas del hambre' que han surgido durante la pandemia. Tienen un trabajo, pero apenas les reporta beneficios y se ven obligados a acudir a estas colas de reparto de comida.
En España hay unos 30.000 repartidores y dos tercios de ellos son extranjeros, concretamente de países de América latina, según un informe publicado por la Asociación Española de la Economía Digital (ADigital). El 28% son españoles, un 4% de otroa países de la Unión Europea, y el resto de otros países.
El 87% de los riders son hombres y más del 40% tiene entre 29 y 39 años. Uno de cada tres repartidores afriman que este ha sido su primer trabajo y el 25% de los repartidores se encontraba en paro antes de empezar a colaborar con alguna de estas plataformas. Tienen estudios medios pero 4 de cada 10 tiene una carrera universitaria.
En cuanto a sus ingresos los repartidores afirman percibir, de media, alrededor de 332 euros por semana, lo que supone 1,4 veces el salario mínimo interprofesional y, en términos de ingresos por hora, dichos profesionales obtienen una retribución similar a la de los ocupados en el comercio minorista, la hostelería o la restauración. Los repartidores que dedican menos de 10 horas a la semana consiguen ingresar 10,4 euros por hora, frente a los 8,0 euros por hora obtenidos por los repartidores que trabajan entre 40 y 49 horas por semana.