Las prestaciones por desempleo que facilita el SEPE pueden quedar interrumpidas por diferentes motivos durante un periodo de tiempo tras el cual, los beneficiarios de la ayuda pueden solicitar su reanudación a través de la sede electrónica o de manera presencial con cita previa.
La llegada del verano y el fin de algunas de las restricciones impuestas con motivo de la pandemia de coronavirus hacen prever una disminución en la tasa de desempleo gracias en parte a los trabajos temporales de carácter estacional.
Después de un contrato varios meses o semanas, muchas personas vuelven a quedarse en paro y, por tanto, necesitan de nuevo recurrir al subsidio por desempleo. Para reanudar el recibimiento de la ayuda, es necesario que el interesado presente una solitud en forma y plazo.
Para reanudar la prestación o subsidio se deberá presentar la solicitud en un plazo de quince días hábiles contando a partir de la finalización de la causa por la que se suspendió la prestación. El beneficiario debe encontrarse en una situación legal de desempleo y haberse inscrito como demandante de trabajo en los servicios públicos de empleo y haber reactivado el compromiso de actividad.
La reanudación se producirá a partir de que finalice la causa de suspensión. Supondrá volver a percibir la prestación por desempleo por el período que le quedara (excepto en los casos de sanción) y con la base reguladora y porcentaje que le correspondieran cuando se produjo la suspensión.
Si la persona presenta la solicitud fuera de plazo, la reanudación se producirá a partir de dicha solicitud, consumiéndose tantos días de prestación como los transcurridos desde la fecha en que se hubiera iniciado la reanudación (de haberse solicitado en plazo) hasta el día anterior al que se presenta la solicitud, en el caso de reanudación de prestación contributiva, o hasta el mismo día si es una reanudación de subsidio.
En el caso de que la prestación o subsidio se haya suspendido por imposición de sanción por haber cometido una infracción leve o grave de las establecidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social, la reanudación se efectuará de oficio por el Servicio Público de Empleo Estatal, una vez haya transcurrido el período de sanción, siempre que la prestación o el subsidio no se encuentre agotado y usted esté inscrito o inscrita como demandante de empleo.
Para poder beneficiarse de las ayudas por desempleo, la persona solicitante debe encontrarse en una situación legal de desempleo derivada de los siguientes supuestos:
Junto a las personas que se encuentran en alguno de los supuestos anteriores, las personas retornadas a España desde el extranjero, las que han terminado de cumplir una condena en un centro penitenciario o las que tengan una incapacidad total o parcial para trabajar también pueden beneficiarse de esta ayuda.