Entra en vigor la reforma del código penal que castiga con penas de cárcel el acoso en clínicas abortivas
Todos aquellos "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" que menoscaben la libertad de las mujeres serán castigados con prisión de 3 meses a 1 año
Igualdad plantea que los hospitales públicos practiquen abortos
Una decena de ayuntamientos retiran campaña antiabortista de las marquesinas
Las mujeres que decidan abortar podrán hacerlo libremente sin presiones ni intimidaciones. Así lo establece la reforma del Código Penal que castiga desde este jueves con penas de cárcel el acoso ante las clínicas abortivas, algo que habían hecho cotidiano asociaciones y grupos religiosos.
El texto, publicado este miércoles en el BOE, recoge que todos aquellos "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" que "menoscaben la libertad de las mujeres", serán castigados con la pena de prisión de 3 meses a 1 año o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días. Además establece que el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares durante un periodo de 6 meses a 3 años.
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También incluye que el acoso que se ejerza a los trabajadores y profesionales de las propias clínicas también es objeto de pena, y que no es necesaria la denuncia para la persecución de los hechos.
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó en febrero esta reforma impulsada por el PSOE y con el apoyo de todos los grupos parlamentarios a excepción de PP y Vox, que votaron en contra.
Asociaciones religiosas activaron campañas contra el aborto en ciudades españolas
Varias asociaciones religiosas organizaron campañas contra la reforma del Código Penal para castigar el acoso ante las clínicas abortistas colocando carteles en las marquesinas de las principales ciudades españolas.
En los carteles pedían su derecho a rezar frente a las cínicas y centros sanitarios donde se realizan las interrupciones de los embarazos. Numerosos consistorios eligieron retirar las campañas.