A partir de octubre, el casco será obligatorio si usted va en patinete eléctrico
El patinete tendrá que estar asegurado
Habrá que llevar ropa que sea visible o usar chaleco reflectante
Son muchos, muchos los patinetes que circulan por nuestras ciudades, y muchos también los peligros a los que se enfrentan y las imprudencias que cometen. Podríamos poner innumerables ejemplos de los accidentes en los que están implicados.
Está el que circula correctamente, se le cruza un peatón y lo arrolla; el que va sin casco, se salta un semáforo o un paso de peatones y es arrollado por un vehículo; o el que va por carretera a gran velocidad, sin casco y sin visibilidad y cae, convirtiéndose su cuerpo en un paragolpes.
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Es por eso que en la Comisión de interior del Congreso se ha llegado a un acuerdo por el que el patinete tendrá que estar asegurado, habrá que usar obligatoriamente casco y habrá que llevar ropa que sea visible o usar chaleco reflectante. Así que si usted es de esos que nunca usa casco, vaya preparándolo porque además de obligatorio, le podrá salvar la vida.
Es uno de los acuerdos a los que se ha llegado este jueves en la reunión de la ponencia de la Comisión de Interior del Congreso sobre el proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Los grupos parlamentarios han acordado incorporar al texto la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como habían pedido PSOE, PP, PNV y Ciudadanos en sendas enmiendas, según informa Efe.
La nueva norma, que pasará a llamarse ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial, aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer del carné por conducir sujetando el móvil con una mano.
La nueva Ley también eleva de 3 a 4 los puntos detraídos por no utilizar el cinturón de seguridad o hacerlo de forma incorrecta, los sistemas de retención infantil (las sillitas de los niños), el casco en las motocicletas y otros elementos de protección.
Uno de los aspectos que se han pospuesto es la supresión de la posibilidad que tienen los turismos y las motocicletas de rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos, que recoge la nueva norma.