La Audiencia Nacional embarga bienes y salarios a terroristas de ETA que no estaban pagando las indemnizaciones a sus víctimas a pesar de tener patrimonio para hacerlo. Los recursos económicos de los terroristas han sido detectados durante meses de investigación. Entre los embargados, los etarras Aitor Bores e Ibón Echezarreta, expresos de ETA que no habían hecho frente al pago de su deuda con el Estado. Ascendía a más de tres millones de euros.
Aitor Bores Gutiérrez fue condenado por la Audiencia Nacional por el atentados cometido el 5 de mayo de 1997 contra el acuartelamiento del Ejército de Tierra de Araca en Vitoria (Araba). También afecta e Ibón Echezarreta, condenado por la Audiencia Nacional por el asesinato del ex -Gobernador Civil de Gipuzkoa, Juan María Jáuregui, el 29 de julio de 2000.
Una sentencia del Tribunal Supremo dictada por el Pleno de la Sala de lo Penal el 13 de noviembre de 2020 analizó si la responsabilidad civil declarada en una sentencia penal firme prescribía o caducaba con el paso del tiempo, concluyendo que no lo hace, y que de oficio puede continuar su ejecución hasta la completa satisfacción del acreedor, lo que implica que los etarras condenados no podrán evadir el pago por este motivo. Y esta es una de las consecuencias.
De esta manera, la Sala Segunda determinó la imprescriptibilidad de la responsabilidad civil, señalando que “declarada la firmeza de la Sentencia, la ejecución de sus pronunciamientos civiles puede continuar hasta la completa satisfacción del acreedor, según previene el artículo 570 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que le sea aplicable ni la prescripción ni la caducidad”. La Sala de lo Penal basa su argumento en que en las Sentencias penales la protección de la víctima del delito debe estar por encima del principio de seguridad jurídica.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, se ha marcado como una prioridad aprobar una modificación legislativa "lo antes posible" para sancionar administrativamente los 'ongi etorri' o actos de bienvenida a los presos de ETA. Sin embargo, ha rechazado una reforma del Estatuto de la víctima para que puedan recurrir decisiones como la concesión del tercer grado o los permisos penitenciarios. "Si dentro de los márgenes del Estado de derecho, del derecho penal, esas conductas se entiende que no son susceptibles de constituir un delito de enaltecimiento, nosotros estamos trabajando, y ya tenemos un borrador avanzado, para que se constituya en una infracción de carácter administrativo con la sanción correspondiente", ha sostenido.
"Hay actos públicos que denotan ausencia de sensibilidad, una ausencia de valores democráticos", ha continuado el titular del Interior, que quiere impulsar un régimen sancionador mediante una reforma de la ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, una reformar que quiere tramitar "con las propias asociaciones de víctimas" al ser "uno de los objetivos prioritarios" del Ministerio del Interior.
Sin embargo, el ministro del Interior ha señalado que no contempla una modificación del Estatuto de la víctima para que puedan intervenir en la ejecución de penas, los terceros grado o los permisos de salida de los presos. "Tenemos ya el Estatuto de víctimas del terrorismo del año 2015, donde prevé la posibilidad de intervención de las víctimas recurriendo concretas resoluciones en materia de ejecución", ha añadido en alusión a la libertad condicional.
Grande-Marlaska ha defendido la labor de los "altísimos profesionales" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, jueces y fiscales en lo que se refiere a esclarecer los más de 300 crímenes de ETA sin resolver. También ha alabado la colaboración con las autoridades vascas en la lucha contra el terrorismo, citando el Pacto de Ajuria Enea como referente. En este sentido, ha insistido en que "no hay que tener ninguna inquietud" por la transferencia de prisiones al País Vasco, ya que la política penitenciaria seguirá siendo estatal y es una decisión prevista en el Estatuto de esta comunidad autónoma.