El Constitucional rechaza la petición del PP de apartar a Conde Pumpido y le mantiene en el debate sobre la Ley de Amnistía
Aprobado por 7 a 1 un auto que desestima de plano el incidente de recusación por no tener base
Podrá participar no solo del debate de la amnistía sino que también podrá intervenir en las recusaciones
El Tribunal Constitucional acepta la abstención de Campo y admite la cuestión de inconstitucional del Tribunal Supremo sobre la amnistía
El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado este martes por mayoría la recusación del PP contra su presidente, Cándido Conde-Pumpido, por la Ley de Amnistía.
Fuentes jurídicas informan a EFE de que el pleno de la corte de garantías, formado por cuatro progresistas y cuatro conservadores tras no participar los magistrados afectados por otras recusaciones, ha aprobado por 7 a 1 un auto de la progresista María Luisa Balaguer que desestima de plano el incidente de recusación por no tener base.
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La magistrada Concepción Espejel ha votado en contra mientras que el magistrado Enrique Arnaldo ha emitido un voto particular concurrente en protesta por la composición del Pleno, si bien ha avalado el resultado.
Este martes el tribunal ha arrancando con la polémica de las recusaciones, cuyo devenir se antoja vital para alterar o mantener el actual equilibrio de fuerzas entre progresistas y conservadores, que está 6 a 5 para los primeros tras la abstención del magistrado y exministro de Justicia Juan Carlos Campo.
Conde-Pumpido podrá participar e intervenir
Con este resultado, el presidente Conde-Pumpido podrá participar no solo del debate de la amnistía sino que también podrá intervenir en las recusaciones planteadas contra Díez y Macías.
El PP consideraba que las mismas razones que llevaron entonces a Conde-Pumpido a apartarse en los debates de los recursos del 'procés' (tener interés directo o indirecto en el pleito o causa) se justificaban ahora en la Ley de Amnistía al incidir directamente en la responsabilidad criminal de los mismos recurrentes de amparo.
Pero el tribunal deja claro que "el objeto de la impugnación es resolver sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, que se impugna de forma global y particularizada en relación con concretos preceptos"
"Una norma penal que no existía en el momento de suscitarse la abstención, norma cuya validez se cuestiona de manera abstracta, por lo que no cabe apreciar que las manifestaciones controvertidas entonces se refirieran al problema constitucional suscitado en este procedimiento", añaden los magistrados.
"Determina su inadmisión a trámite"
Por tanto, continúa, "ni por el objeto y el contenido impugnatorio de los procesos constitucionales ni por el origen fáctico de la abstención (…) es posible apreciar la conexión en que fundan su planteamiento, lo que evidencia su manifiesta carencia de fundamento y determina su inadmisión a trámite".
Fuentes jurídicas avanzan a EFE que lo probable es que, más adelante, también se rechace la recusación contra Laura Díez, que fue alto cargo en Moncloa con el Gobierno de Sánchez, y que la tarea más complicada vendrá con la recusación de Macías, quien cuando era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) respaldó dos informes contrarios a la norma. Aquí habrá debate, afirman las fuentes.
De hecho, hay 54 recusaciones, algo nunca visto en el Tribunal. La Abogacía del Estado, la Fiscalía y el expresidente catalán Carles Puigdemont han solicitado apartar a Macías mientras que el PP y varias comunidades autónomas han pedido recusar a Conde-Pumpido y a Díez. Una de las consecuencias será que el fallo de la amnistía se retrasará más aún debido al volumen de recusaciones por resolver.
La idea es resolverlas individualmente por orden cronológico de su presentación, han explicado las fuentes, que recuerdan que nunca ha habido tal avalancha de recusaciones, lo que se traduce en un puzzle complicado, que obliga a ir paso a paso, ya que, precisan, existen unas que están más fundadas que otras.
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